Cuatreros 2.0: Rigada y los otros dos imputados libres bajo fianza

 
Rigada, cuando fue detenido este viernes
Jorge Scotton / En línea Noticias
Alejandro Rigada junto a otros dos olavarrienses, Eduardo Adrián Sosa e Ismael Antonio Zárate, imputados en una causa por estafa, quedaron excarcelados en la jornada de ayer bajo “Caución real” de acuerdo a lo que determinó la justicia, tras ser detenidos hace una semana.
 
El olavarriense está imputado en una causa que el Fiscal de Delitos Especiales Javier Barda investiga su participación en una estafa en la compra de más de 650 vacunos a nombre de un productor rural de Azul, vía Canal Rural en un remate televisado. Los imputados se negaron a declarar ante el fiscal y finalmente sus abogados presentaron el recurso de excarcelación.
 
De acuerdo a lo que supo “En Línea Noticias” el juez que interviene en la causa aceptó la figura pedida por la defensa de excarcelación bajo “Caución real” que implica pagar  lo que vulgarmente se conoce como “fianza”, consistente en el depósito de una suma de dinero determinada por el Tribunal, a la orden de éste, que se formaliza en una cuenta bancaria judicial con el fin de garantizar la presentación del imputado cuando sea llamado por la Justicia.
 

En el caso de Alejandro Rigada, la suma que estipuló la justicia fue de 40 mil pesos.
 

Dentro de las posibilidades que tiene una persona beneficiada con “excarcelación bajo caución real”, además de dinero es posible constituir caución real sobre bienes inmuebles o sobre automotores.
 
En todos los casos los bienes dados en caución real se perderán en favor del Estado en caso de darse a la fuga el imputado.
 
También es posible que, al acceder a la excarcelación, el Tribunal fije otras pautas de conducta para ser observadas por el excarcelado, bajo apercibimiento de serle revocada la excarcelación. Entre ellas: la obligación de permanecer alejado de lugares determinados, la prohibición de acercarse a personas determinadas, la abstención de abusar de bebidas alcohólicas, la prohibición de abandonar la ciudad, la Provincia o el país, con o sin el retiro del pasaporte; la obligación de comparecer a firmar un acta en el Tribunal en forma periódica.
 
En todos los casos, quien es excarcelado debe cumplir estas condiciones, pues de lo contrario se revoca el beneficio acordado y vuelve a ser privado de su libertad.

 

Estudio eseverri desktop movile
Comentarios
Cargando...