Aramburu admitió que se trataba de una «resolución esperada» del OCEBA, pero, anticipó que Coopelectric recurrirá el fallo ante la justicia.

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El presidente del consejo de administración de Coopelectric, doctor Ignacio Aramburu, dialogó extensamente con el programa Desayuno con Noticias por Radio M. En una entrevista realizada por Claudia Bilbao , el directivo brindó precisiones detalladas sobre dos frentes regulatorios y judiciales clave para la cooperativa de Olavarría: la sanción de más de 47 millones de pesos impuesta por el Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) y la demanda entablada contra el municipio tras el decreto del intendente Maximiliano Wesner.

Negociaciones con el municipio y el pedido de nulidad

Respecto a la demanda contencioso-administrativa presentada ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo de Azul para anular el Decreto 6297/25 , Aramburu aclaró de manera tajante que la acción judicial responde a una estricta estrategia preventiva para frenar los plazos legales.

«Como bien vos lo decís, hay un pedido de nulidad del decreto que se hizo al solo efecto de que no venciera el plazo. Pero lo que estamos es en conversaciones con el municipio, digamos, para bueno, para poder llegar a un acuerdo con el contrato de concesión. Así que bueno, se hizo por una cuestión nada más que de vencimiento de plazos, pero no está dado en una posición de conflicto, sino al contrario».

El directivo reconoció que existe una discrepancia técnica en torno a la fecha de caducidad del vínculo: mientras que para la gestión municipal el contrato venció el 31 de octubre del año pasado, la cooperativa sostiene que continúa vigente en base a prórrogas de la Secretaría de Energía. Pese a esta diferencia, Aramburu confirmó que el canal de diálogo sigue abierto con un objetivo concreto:

«La idea es, y lo que se está conversando con el municipio, es firmar un contrato por 30 años más a partir de la fecha que se firme… La provincia, a través de sus órganos de control, tiene como contratos tipos que establece que cuando se renuevan, son por el plazo este de 30 años».

De concretarse la firma de esta extensión contractual, el titular de la cooperativa aseguró que la vía judicial quedará clausurada: «Una vez firmado el contrato de concesión eléctrica, por supuesto que quedaría sin efecto la demanda esta de nulidad del decreto».

Multa de OCEBA y los motivos del retraso informático

Al abordar la sanción económica de $47.622.719,05 dispuesta por el organismo provincial por la inclusión del concepto «Capital Accionario» o «Contribución por acciones» en las boletas de luz , Aramburu admitió que se trataba de una «resolución esperada». Sin embargo, anticipó que la entidad recurrirá el fallo ante la justicia.

El directivo fundamentó que la incorporación de dicha cuota capital respondió estrictamente a una «situación de emergencia donde no hay una revisión tarifaria integral y donde la tarifa no está adecuada a los costos de prestación del servicio». Al ser consultado sobre por qué no se desdobló la facturación antes para evitar la multa, explicó pormenorizadamente las dificultades técnicas del sistema:

«No, porque la contribución por acciones ya se puso con el sistema viejo, donde teníamos una imposibilidad de hacerlo. Y el sistema nuevo empezó a funcionar en el mes de marzo y todavía hay que hacer algunos cambios para poder dar cumplimiento. O sea que no es una cuestión que haya dependido de la cooperativa, sino una cuestión de adecuación del nuevo sistema informático a los requerimientos del OCEBA».

Aramburu detalló los objetivos regulatorios en los que trabajan actualmente: «Estamos trabajando a partir de la implementación de un nuevo sistema informático precisamente para poder dar el cumplimiento a los requerimientos del OCEBA, que básicamente son que el socio de la cooperativa pueda pagar el servicio eléctrico sin tener la obligación de pagar la contribución por acciones u algún otro concepto ajeno». Sobre los plazos para que los usuarios de Olavarría reciban las boletas desdobladas, estimó: «La idea es llegar a julio, pero ya te digo, no lo puedo asegurar».

Finalmente, al evaluar si la resolución poseía algún tinte político, el presidente del consejo de administración diferenció la celeridad del organismo del fondo de la cuestión:

«Nosotros entendemos que en las cuestiones que trata el Departamento Ejecutivo, en este caso de la provincia, por supuesto que está lo político. Pero entendemos que hay un fundamento donde hay posturas del OCEBA donde ha sido muy claro con respecto a esto, con respecto a la imposibilidad de poner la contribución con esta, digamos, no facultad del socio de no pagarla. Entonces bueno, creemos que lo político puede haber estado dado en la premura en la resolución o en la tardanza, pero no en el fondo. El fondo no es político».

El cobro de los servicios sociales de sepelio e inhumación

Una de las mayores preocupaciones comunitarias de la resolución de OCEBA radica en el artículo 5, el cual dictamina la suspensión por 90 días de la autorización para incluir las tasas de «Servicios Sociales» (sepelio e inhumación) en las facturas de electricidad. Frente a esto, Aramburu llevó tranquilidad a los afiliados y descartó un impacto inmediato:

«Por supuesto que la persona que está pagando el servicio seguramente que lo va a seguir pagando. Tenemos que ver cómo se instrumenta esta disposición, pero entendemos que si la resolución es apelable, todavía no va a tener una aplicación práctica. Bueno, esto lo tenemos que ver desde legales… Si te reitero, si es apelable, no va a tener ningún efecto práctico por el momento en las facturas que se emiten y cómo se están pagando los servicios sociales».

En caso de que la restricción regulatoria quede firme y no se pueda facturar de manera conjunta, el directivo remarcó que la cooperativa garantizará la continuidad de las prestaciones mediante canales de cobro alternativos:

«De cualquier manera, si fuera un extremo donde habría que suspenderlos, bueno, el socio puede pagarlos aparte o se instrumentarán los mecanismos para para que, bueno, para que haya cobertura. Porque bueno, entendemos que es un servicio donde tenemos muchísimo gente adherida y hay gente que viene pagando desde hace años, con lo cual claro, no la podemos perjudicar».

Aramburu concluyó enfatizando que, si bien la normativa del OCEBA exige que se adecuen las liquidaciones para permitir el pago disociado de los consumos eléctricos , la cobertura no se verá interrumpida: «Nosotros entendemos que a lo mejor no se puede cobrar con la factura, pero sí se puede cobrar con otra factura o con un concepto aparte, pero te reitero, no creo que tenga todavía aplicación práctica porque la resolución va a ser recurrida».

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