Exclusivo/ El Popular y el complejo Los Palmares: Revés judicial para la familia Pagano – Botta en intento de cobrarle a Lucas Torres


Integrantes de la familia Pagano-Botta sufrieron un nuevo revés judicial en un intento de cobrarle al empresario Lucas Torres una serie de compromisos económicos devenidos de la venta del Multimedios El Popular, hoy en proceso de quiebra.

De acuerdo con lo que pudo confirmar En Línea Noticias, en una reciente resolución, la Jueza Civil y Comercial de Olavarría, María Hilda Galdós rechazó in-limine una pretensión formulada por Jorge Gabriel, María Cecilia, y Julio Esteban Botta junto Graciela María Pagano.

Según se lee en la Resolución firmada por Galdos los miembros de la familia Pagano- Botta con el doctor Julio Alem como abogado, reclamaron que la empresa Chelsea FDC SRL, a Lucas Torres y Sofía Gundel hagan efectiva la entrega de 10 lotes que serían propiedad de la familia que supo guiar los destinos del diario El Popular. Estos diez lotes que se mencionan en la acción judicial están ubicados en el complejo urbanístico «Los Palmares»

Los lotes -se lee también en la Resolución de Galdos – fueron puestos a disposición de la familia Pagano-Botta como parte de pago de lo que fue la venta de acciones del multimedios El Popular.

La venta del diario y las formas de pago

En la resolución judicial de este martes quedaron planteados algunos detalles, poco revelados anteriormente, de lo que fue la venta del multimedios El Popular. El resto del recorrido de la empresa ya se conoce dado que, es importante mencionarlo, se encuentra en quiebra y la ciudad de Olavarría privada de un medio gráfico después de más de cien años.

Según se puede leer, el 19 de agosto de 2022 la familia Pagano-Botta firmó con Chelsea FDC SRL, representada por Lucas Torres, un precontrato en el que se materializó la venta del 53,10% de las acciones de El Popular S.A.

Ese precontrato ascendió a la suma de 250.000 dólares

Según el mismo precontrato -al que hoy se accede gracias a la resolución de Galdos – Chelsea FDC SRL se comprometía a pagar 10 mil dólares al momento de la firma y el resto en distintas cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 15 de septiembre de 2022 por la suma de USD 40.000, y luego 11 cuotas iguales, mensuales y consecutivas por la suma de USD 16.500 cada una, pagadera los días 15 de febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 y la última el 15 de enero de 2024, por 18.500 dólares.

Quedaba además señalado que tanto la empresa de Torres como la familia Pagano-Botta se obligaban a firmar el boleto de compraventa antes del 15 de septiembre de 2022 y, para esa fecha, quienes vendían las acciones debían formalizar las renuncias de los directores del directorio del diario El Popular, entre otros requisitos.

Fue así que el 21 de septiembre de 2022 se formalizó el boleto de compraventa de la empresa. Allí, a los 10 mil dólares que ya se habían entregado, se adicionaron otros 40 mil.

En paralelo, se lee ahora, Torres se obligaba a contratar un seguro de caución.

Según la familia Pagano-Botta, nunca se contrató ese seguro y Lucas Torres nunca más pagó las cuotas pendientes para cancelar el saldo de 200.000 dólares.

En ese complejo escenario – se lee en la resolución de Galdos – el 30 de enero de 2023 se firmó una «Adenda» al contrato que se había firmado en primera instancia y fue así que se modificaron las condiciones en las que Torres debía honrar sus compromisos y pagar lo que debía a la familia Botta-Pagano.

Se acuerda así el pago de 24 cuotas de 8.333 dólares, la última cuota se debería haber pagado en junio de este año 2025.

La aparición de los lotes de Los Palmares

El polémico complejo urbanístico «Los Palmares» aparece en escena precisamente cuando Torres y la familia Pagano Botta firman esa adenda del contrato.

Es que tanto compradores como vendedores de las acciones de El Popular S.A decidieron definir un seguro de caución con el compromiso de Lucas Torres de entregar 10 lotes ubicados en en el proyecto urbanístico cuya aprobación aún está discutida en el Concejo Deliberante de Olavarría.

Es importante señalar que la entrega de la titularidad de dichos lotes fue establecida con pacto de retroventa, es decir, que la familia Pagano – Botta iría retrotrayendo la propiedad de los lotes a medida que se fuera cancelando el saldo adeudado por la venta del Multimedios. Cada lote – se acordó- tenía un monto de 25 mil dólares.

Lo que dicen los miembros de la familia Pagano-Botta es que el 14 de enero de 2024 – dos semanas antes de la firma de la adenda – Lucas Ezequiel Torres junto con su pareja Sofía Gundel aportaron los mismos lotes a un fideicomiso cuyos socios fiduciarios eran Silvana Gabriela Negri y Mariano Daniel Cortes Ramos.

Lo que dice Galdos

Este martes cuando firmó la resolución, la doctora María Hilda Galdos le dice a los integrantes de la familia Pagano – Botta que «…del propio informe de dominio que se acompaña (emitido el 24/01/2023) y la adenda suscripta por las partes el 30/01/2023, surge que al momento de celebrar dicha modificación del contrato, los lotes que la compradora CHELSEA S.A. se obligaba a entregar en propiedad, no sólo no resultaban de su propiedad (ni nunca lo habían sido) sino que tampoco ya resultaban de propiedad del Sr. Torres y de su esposa, Sra. Gundel, ajenos a ese contrato.»

Esta no es la primera vez que Galdos aborda este tema dado que en una resolución anterior, sobre el mismo tema, había dicho y ahora reitera: «dos semanas antes de la firma de la adenda en cuestión, los lotes habían sido transmitidos a un fideicomiso cuyos socios fiduciarios son Silvana Gabriela NEGRI y Mariano Daniel CORTES RAMOS; situación debidamente publicada en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Pcia. de Buenos Aires con anterioridad a la celebración de la adenda que daría base a la
acción principal a iniciarse, y conocida por los actores de acuerdo a lo que los mismos relatan y acreditan con el informe de dominio fechado el 21/1/2023 que acompañan.»

La Jueza, entonces, le dice a la familia Pagano-Botta que «no sólo tenían cabal conocimiento que, al momento de la firma de la adenda, dichos bienes no estaban en cabeza de los accionados (Torres-Gundel), sino también que en modo alguno podían constituir una válida garantía para el
caso de no pago de las cuotas y montos acordados

Y en un párrafo no menor de la Resolución la Jueza dice que los integrantes de la familia Botta – Pagano no realizan su presentación para «reclamar el cumplimiento del precontrato celebrado con CHELSEA FDC SRL el 19/08/2022 o del contrato celebrado el 21/09/2022. No reclaman el pago de los u$d 200.000,00 que según ellos se les adeuda con motivo de ese vínculo contractual. No exigen el reconocimiento de la obligación asumida por los compradores del paquete accionario que les pertenece de la sociedad «EL POPULAR». En definitiva, no quieren que se cumpla el contrato. Frente al claro incumplimiento que alegan que ha existido por parte de los demandados, no exigen -como sería de esperar- la resolución del contrato.»

Y la jueza lanza una analogía para explicar mejor lo que pretende formular en su rechazo in-limine al pedido de los ex dueños de El Popular, «estamos ante un supuesto en que, frente a un incumplimiento contractual ya consolidado, se pretende convocar a los morosos para que firmen dichos pagarés que no libraron en su oportunidad.» Tras la analogía, la Magistrada explica: «utilizo la analogía de los pagarés porque el pacto de retroventa previsto para la garantía de los terrenos los convierte en equiparables a dichos instrumentos. Pero la misma figura podría utilizarse con una hipoteca o una prenda. Aquí no hay ejecución de garantías reales. Se reclama que vengan los deudores, después de resuelto el contrato (o acreditarse su incumplimiento) a que firmen la garantía. La manifiesta improcedencia de tal pretensión.»

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