Promulgan ley que suspende exámenes orales en concursos en el Consejo de la Magistratura de la provincia


El Gobierno bonaerense promulgó este viernes una ley sancionada el 28 de diciembre que suspende por dos años la exigencia del examen oral establecida en el artículo 26 de la Ley 11.868 para los procesos de evaluación generados en concursos convocados por el Consejo de la Magistratura.

De acuerdo a la Ley 15.316 publicada en el Boletín Oficial del distrito, esa reforma será también aplicable a los llamados convocados en los que no se hubiere iniciado la etapa de evaluación.

La iniciativa, presentada por Jorge D’Onofrio cuando era legislador, señala que el objetivo de la norma es lograr “efectividad en el sistema de selección”.

Indica que tras el panorama iniciado en 2020, producto de la pandemia, la práctica del examen oral “ha tornado sumamente difícil alcanzar los estándares, teniendo en cuenta la cantidad de pruebas a realizar, con más de 7 mil inscripciones” y señala que ello generó “un considerable atraso en la evaluación”.

Destacó en los fundamentos de la iniciativa que si bien el Consejo de la Magistratura sesionó virtualmente de modo ininterrumpido todas las semanas de 2020 y 2021, por el que también se tomaron pruebas orales, ello no fue suficiente.

“También forma parte del proceso de selección una entrevista personal realizada a quien realiza las pruebas en el marco de los concursos convocados, con lo cual se duplica el comparendo ante el organismo de quien se postule”, apuntó.

A la vez, mediante la norma, se suspendió para 2022 y 2023 la convocatoria dos veces por año calendario a examen de oposición de los postulantes para cubrir las vacantes que se produzcan en órganos de igual jerarquía y competencia material en cualquier lugar de la Provincia, establecida en el artículo 25 de la Ley 11.868. (DIB)

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