El Municipio informó que el Tribunal de Cuentas aprobó la Rendición 2024
En gacetilla municipal sólo se difundió el artículo 1 de la Resolución. En la página del Honorable Tribunal de Cuentas aún no se ha publicado completa la Resolución.
El Municipio de Olavarría informó en las últimas horas que fue notificado del fallo emitido por el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires en relación con la Rendición de Cuentas correspondiente al ejercicio 2024.

De acuerdo con la gacetilla oficial, la resolución lleva las firmas de Daniel Carlos Chillo, Ariel Héctor Pietronave, Juan Pablo Peredo, Gustavo Eduardo Diez y Federico Gastón Thea.
En el parte difundido por el Ejecutivo local se transcribió únicamente el artículo primero del fallo, que establece: “Aprobar por unanimidad la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Olavarría, ejercicio 2024”.
Desde el Municipio también se recordó que la Rendición de Cuentas había sido rechazada en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Olavarría por la totalidad de los bloques de la oposición.
Hasta el momento, la resolución completa no se encuentra publicada en el sitio oficial del Tribunal de Cuentas, por lo que no se conocen los fundamentos técnicos ni eventuales observaciones que pudieran integrar el fallo.
El último fallo vinculado a la Municipalidad que se encuentra disponible de manera integra en el sitio del Tribunal de Cuentas es la aprobación de la Rendición de Cuentas 2023, la que contempla una parte de la gestión de Ezequiel Galli y unos días de la primera parte de la administración de Maximiliano Wesner.
Qué son los fallos del Tribunal de Cuentas
Los fallos son los documentos mediante los cuales el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires expone sus decisiones respecto de la aprobación o desaprobación de las cuentas de percepción e inversión de las rentas públicas provinciales y municipales.
En cumplimiento de su mandato constitucional, el Cuerpo del organismo firma fallos vinculados a los estudios de cuentas, a los recursos de revisión, a la Cuenta General del Ejercicio, a expedientes especiales y a sumarios administrativos por responsabilidad patrimonial.
En el caso de los estudios de cuentas, el fallo constituye la instancia final de un proceso regulado por la normativa vigente, cuyo insumo principal es el informe conclusivo del Relator.
Los fallos sobre recursos de revisión analizan la procedencia o improcedencia de los planteos y descargos presentados por funcionarios sancionados por el organismo.
Por su parte, los fallos de la Cuenta General del Ejercicio abordan rendiciones que se enmarcan en el control parlamentario previsto constitucionalmente y verifican el cumplimiento de los programas de gobierno.
En cuanto a los expedientes especiales, se refieren a temas vinculados con cuentas provinciales, municipales y de entes autárquicos que, por sus características, requieren un análisis específico del Tribunal.
Finalmente, los fallos sobre sumarios administrativos de responsabilidad patrimonial tratan decisiones derivadas de actuaciones sustanciadas por la Contaduría General de la Provincia, cuando se investigan actos u omisiones que pudieron ocasionar un perjuicio económico al Estado.
En conjunto, los fallos representan el ejercicio de las funciones jurisdiccionales conferidas al Tribunal y la culminación del proceso de control. Además de informar de manera objetiva y fundada, constituyen una herramienta institucional orientada a fortalecer la administración de los fondos públicos y promover estándares de transparencia y buena gobernanza.