Ratifican la prisión preventiva para un olavarriense acusado de abuso sexual

violencia de genero

En la ciudad de Azul, los jueces Gustavo Agustín Echevarría, Carlos Paulino Pagliere (h) y Damián Pedro Cini de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental confirmaron la prisión preventiva de un hombre imputado en una causa por múltiples delitos sexuales cometidos contra menores.

La decisión se tomó tras analizar el recurso de apelación presentado por la defensa, que solicitaba morigerar la prisión bajo la modalidad de arresto domiciliario con monitoreo electrónico.

En su voto, el juez Pagliere señaló: “los fundamentos expuestos por la jueza garante y los embates incoados contra los mismos por las apelantes no resultan conducentes para controvertir lo resuelto, por lo que el rechazo del recurso se impone.”

La defensa había argumentado que la medida era desproporcionada y que se podrían aplicar alternativas menos restrictivas, basándose en informes socio-ambientales y el arraigo familiar del imputado.

También destacaban que el encartado era el principal sostén de sus padres, quienes padecen patologías crónicas, y que su presencia en el domicilio no implicaría riesgo de fuga.

Sin embargo, la Cámara consideró que los elementos aportados “no tienen signos de excepcionalidad ni son cualitativamente superiores a las comunes, generales y ordinarias al resto de la población”, y que los riesgos procesales que justificaron la prisión preventiva continuaban vigentes.

El fallo enfatizó la gravedad de los hechos imputados, la pluralidad de víctimas menores y los perjuicios psicológicos ocasionados, concluyendo que “el tiempo que lleva detenido resulta proporcional” en relación con la pena en expectativa.

Los jueces Cini y Echevarría adhirieron al voto de Pagliere, confirmando así de manera unánime la resolución de denegar la morigeración solicitada.

Los hechos

Según la resolución, los delitos imputados incluyen: Abuso sexual con acceso carnal agravado por ser encargado de la guarda de la víctima, estupro, y abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por ascendiente y contra una menor de dieciocho años, aprovechando la convivencia preexistente y abuso sexual simple.

Los hechos se produjeron en distintos períodos entre 2014 y 2025, en la ciudad de Olavarría, y afectaron a varias víctimas menores de edad, entre los 5 y los 16 años.

La resolución destaca que se trata de abusos sostenidos en el tiempo, con pluralidad de víctimas y graves consecuencias psicológicas para las mismas, lo que refuerza la decisión de mantener la prisión preventiva.

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