Realizarán una denuncia penal y pedirán cambio de legislación por fumigación sobre pozos de agua y viviendas

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Se trata de vecinos de Colonia San Miguel hartos de reclamar al municipio y efectuar denuncias en Ojos en Alerta, les pasan con los aviones fumigadores por encima de las viviendas y fumigan sobre los pozos de agua.

Señalan que, los chicos de la escuela lindera a los campos señalados se descomponen. Afirman que hay personas jóvenes que padecen Cáncer.

Entregarán este viernes un documento al HCD y después harán la denuncia penal en fiscalía

El documento:

VECINOS DICEN… BASTA DE MATARNOS EN VIDA

Más de un centenar de vecinos de las localidades vecinas a la ciudad cabecera del Partido de Olavarría, dicen BASTA. Cansados de no ser escuchados, de que nadie tome sus reclamos, que hagan la vista gorda respecto a la mala utilización de agroquímicos en campos que se encuentran cercanos a la población, en algunos casos a menos de 100 metros, se decidió proceder al armado de una comisión entre vecinos para poder buscar una solución a esta problemática no menor.


Luego de varias reuniones, las cuales han sido encabezadas por Silvina Echeverria, nativa de la localidad serrana y sobrina de uno de los damnificados por esta problemática, se decidió que en el día de la fecha 22 de noviembre 2024, se procederá a entregar a cada uno de los bloques de concejales el pedido de revisión de la Ordenanza N.º 3651/14 en sus artículos N.º 11, 12, 13 y 14.


Como así también se procederá en el marco legal interponiendo las denuncias penales por delito Ambiental en el partido de Olavarría. El pedido nace ante la necesidad de controlar el correcto manejo de agroquímicos, evaluar riesgos y beneficios de su utilización, adecuando la legislación de nuestro distrito a las normas provinciales y nacionales, ya que el uso masivo e incorrecto dentro de la actividad agropecuaria configuran un escenario de extrema preocupación para la población de nuestra localidad y la población en general, como así también una amenaza al medioambiente. Uno de los ejemplos más palpables es el deterioro de plantas, arbustos y flores que sufren en cada aplicación de agroquímicos. Sin mencionar que cada aplicación que realizan pasa por encima de los pozos de agua y que existen evidencias médicas, como lo son certificados donde los profesionales de la salud solicitan que no fumiguen en área cercana a la vivienda de pacientes que padecen enfermedades respiratorias entre otras
enfermedades.


Recordando que la Ley Nacional General del Ambiente Nº25.675, en su artículo 4º enuncia entre otros, el Principio de prevención:


¨las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma PRIORITARIA E INTEGRADA, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir, y el Principio Precautorio: cuando haya peligro de daño grave e irreversible, la usencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del ambiente, como así también en su artículo 5º menciona: los distintos niveles de gobierno integraran en todas sus decisiones y actividades previsiones de carácter ambiental, tendientes a asegurar el cumplimiento de los principios enunciados¨


En tanto la Constitución Nacional, en su Art. 41 establece “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el
deber de preservarlo”.


La Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece en su Artículo 27 – La libertad de trabajo, industria y comercio, es un derecho asegurado a todo habitante de la provincia, siempre que no ofenda o perjudique a la moral o a la salubridad pública, ni sea contrario a las leyes del país o a los derechos de
tercero y en su Artículo 28 – Los habitantes de la provincia tienen el derecho a gozar de un ambiente sano y el deber de conservarlo y protegerlo en su provecho y en el de las generaciones futuras.
La Ley Nacional de Residuos Peligrosos 24.051 define en su artículo 2 que “será considerado Peligroso, a los efectos de esta ley, todo residuo que pueda causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera, o el ambiente en general”.


La Ley de Régimen de Gestión Ambiental de Aguas

25.688 en su art. 5 inc. d, define por utilización de las aguas: “La colocación, introducción o vertido de sustancias en aguas superficiales, siempre que tal acción afecte el estado o calidad de las aguas o su escurrimiento.”


La Ley Integral del Ambiente y los Recursos Naturales 11.723 , dispone en su Artículo 1° que “tiene por objeto la protección, conservación, mejoramiento y restauración de los recursos naturales y del ambiente en general en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, a fin de preservar la vida en su sentido más
amplio; asegurando a las generaciones presentes y futuras la conservación de la calidad ambiental y la diversidad biológica”; y en su Artículo 55: “a los fines de protección y conservación de la flora autóctona y sus frutos, el Estado Provincial tendrá a su cargo:


… f ) el fomento de uso de métodos alternativos de control de malezas y otras plagas a fin de suplir el empleo de pesticidas y agroquímicos en general.” Y en su artículo 56 prevé que “el Estado Provincial promoverá a través de regímenes especiales… c) La creación de zonas productoras de bienes libres de agroquímicos, plagas o enfermedades.”


Por todo lo expuesto y por mucho más es que como integrantes del Partido de Olavarría, queremos ser escuchados y valorados como lo que somos, vecinos de la localidad. Los cuales hace años sufrimos los efectos colaterales por el mal uso y aplicación de los agroquímicos en nuestra zona. Por lo que solicitamos que los funcionarios tengan a bien tratar nuestro pedido Y que se investigue el caso
interponiendo todas las medidas cautelares para que los vecino y vecinas no sigan sufriendo por estas contaminaciones, no sigan padeciendo enfermedades producto de esta mala práctica y que no encajonen los expedientes como ya lo han hecho en ocasiones anteriores.

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1 comentario
  1. Juan Manuel dice

    esos avioncitos no andan muy veloz por lo tanto son faciles de bajar o a lo sumo cruzarles 2 o 3 drones

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