Seguirá preso el olavarriense acusado de vender drogas por WhatsApp: rechazaron la prisión domiciliaria


La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul rechazó este martes el pedido de la defensa de Mariano Venzi y confirmó que continuará detenido con prisión preventiva, en el marco de una causa por comercialización de estupefacientes en Olavarría.

La resolución ratificó lo dispuesto por el Tribunal Oral en lo Criminal N°1, que había denegado la posibilidad de morigerar la medida bajo la modalidad de arresto domiciliario.

El planteo había sido impulsado por la defensa, que sostuvo que el acusado contaba con arraigo en la ciudad, había permanecido siempre a derecho y presentaba informes favorables tanto desde el ámbito criminológico como social. Además, se remarcó la posibilidad de que el control pudiera realizarse mediante monitoreo electrónico y con la madre como garante.

Sin embargo, al analizar el caso, el juez Gustavo Agustín Echevarría —cuyo voto abrió el acuerdo— sostuvo que no se verifican circunstancias excepcionales que permitan neutralizar los riesgos procesales que ya habían sido valorados al momento de dictar la prisión preventiva.

En ese sentido, remarcó que la gravedad del delito imputado y la pena en expectativa continúan configurando un riesgo concreto de fuga. Incluso, puntualizó que el caso presenta características particulares, como la presunta comercialización de drogas a través de un grupo de WhatsApp con más de mil integrantes, lo que refuerza la entidad de los hechos investigados.

A su vez, el magistrado descartó que el arraigo o los vínculos familiares tengan entidad suficiente para revertir esa situación. Explicó que se trata de condiciones comunes que, por sí solas, no alcanzan para desactivar peligros procesales de magnitud.

En la misma línea, indicó que los informes técnicos favorables —como los elaborados por el Servicio Penitenciario— no resultan vinculantes para la decisión judicial, sino que constituyen solo elementos de valoración que deben ser analizados junto al resto de las circunstancias del caso.

Otro de los puntos abordados fue el tiempo de detención. Sobre este aspecto, el juez señaló que Venzi se encuentra privado de la libertad desde abril de 2025 y que ese lapso aún resulta proporcional frente a la escala penal prevista para el delito, por lo que no se advierte una pérdida de razonabilidad en la medida cautelar.

Con estos fundamentos, la Cámara concluyó que no existen elementos nuevos que permitan modificar el criterio ya adoptado y resolvió rechazar el recurso de apelación, confirmando la continuidad de la prisión preventiva.

Cabe recordar que se trata de una causa que ya había tenido intervención de la Cámara en 2025, cuando se confirmó la detención del acusado en función de las pruebas reunidas, entre ellas el secuestro de estupefacientes y registros de comunicaciones vinculadas a la venta.

De esta manera, el imputado continuará detenido mientras avanza el proceso judicial.

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