2 ABRIL – FERIADO NACIONAL
Al conmemorarse el 2 de Abril “DÍA DEL VETERANO Y DE LOS CAÍDOS EN LA GUERRA DE MALVINAS”, el Centro Empleados de Comercio comunica e informa a todos sus afiliados y a los trabajadores en general, que de acuerdo a lo determinado por la Ley Nº 26.110 Dto. Nº 1584, establece dicho día FERIADO NACIONAL Y DE RECESO OBLIGATORIO, salvo excepciones y razones fundadas debidamente autorizadas por la autoridad de aplicación.
Todos aquellos comercios que no tengan autorización expresa de la autoridad de aplicación y pretendieran abrir su comercio dicho día, estarán en infracción ante la ley debiendo los empleados, en caso de ser obligados a trabajar, cobrar las horas extras correspondientes con un recargo del 100% y deberán tomarse el franco compensatorio.
Recordamos la prohibición del trabajo a partir de las 13 horas del día sábado hasta el domingo a las 24 horas. (conforme a ley 20.744 en su Art. 204).
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