¿Cómo impacta el aumento de tasas en los distintos barrios y localidades del partido?
Los valores, tras el aumento, van desde los 2200 pesos a 404 pesos dependiendo el inmueble y la ubicación del mismo

Este martes la Municipalidad de Olavarría anunció un aumento del 20% de las Tasas Municipales y una de la que tendrá impacto en gran parte de la comunidad tiene que ver con la Tasa de Servicios Urbanos.
El aumento fue Decretado por el Intendente Ezequiel Galli, haciendo uso de la facultad que le otorgó el Concejo Deliberante.
Lo primero a saber es que los inmuebles tributan de acuerdo con la zona en la que están incluidos. Para esto se debe tener en cuenta lo que indica la Ordenanza Fiscal e Impositiva. En ésta están definidas las categorías (Art.56) y así se clasifican los inmuebles.
Categoría I: terrenos baldíos, o sin conexión de energía eléctrica; Categoría II: inmuebles edificados con final de obra, o con conexión de energía eléctrica domiciliaria, y los inmuebles baldíos que constituyan única propiedad del titular.
El listado de calles que se detallan a continuación generan polígonos de Zonas de aplicación de tasas
ZONA I: Calles que tiene barrido 7 veces a la semana.
ZONA II: Comprendidas por las calles: Av. Del Valle, Brown, Av. Colón y Av. Pringles.
ZONA III: Comprendidas por las calles: Del Valle, Avellaneda, Lavalle y Pringles. Excluida la Av. Avellaneda. Del Valle, Colón, Ituzaingo, Río Bamba. Excluida la Av. Ituzaingo. Colón, Trabajadores, Brown, Pringles.
ZONA IV: Resto de la planta urbana de la ciudad de Olavarría no incluidas en las ZONAS I, II, III, donde zona IV a) corresponde a contribuyentes cuyas calles se encuentran pavimentadas y ZONA IV b) corresponde a contribuyentes con calles no pavimentadas.
ZONA V: Localidades del Partido de Olavarría cuyas calles se encuentren pavimentadas.
ZONA VI: Localidades del Partido de Olavarría con calles no pavimentadas.
Los nuevos valores
Según el Decreto que habilitó el aumento estos serán los valores que se cobrarán con retroactividad al 1 de enero.
Categoría I: 2487,00 pesos.
Categoría II
Zona I: 2276,00 pesos
Zona II: 1910,00 pesos
Zona II: 1522,00 pesos
Zona IV a: 1320, 00 pesos
Zona IV b: 954, 00 pesos
Zona V: 1320, 00 pesos
Zona VI: 954,00 pesos
Categoría III: 404,00 pesos
Categoría IV: 913, 00 pesos
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