Condenaron a un azuleño por un grave accidente donde tres personas murieron

Un juez le dictó una pena de prisión de cinco años y seis meses. Y otra que lo inhabilita para manejar durante una década. Si el fallo queda firme, deberá ir a la cárcel.

Fabian Sotes / Diario El Tiempo.

El albañil Mario Luis Gorosito conducía alcoholizado cuando el 16 de abril de 2017 se convirtió en el responsable de un grave accidente de tránsito ocurrido en la ciudad de Azul, hecho donde hubo tres personas fallecidas -entre ellas, una nena que tenía dos años- y otras tres heridas de consideración.

Aquel día, Domingo de Pascua, el azuleño -que actualmente tiene 53 años de edad- guiaba una camioneta con la cual, sobre la Avenida Chaves, invadió el carril contrario de circulación, en circunstancias que el rodado no tenía las luces encendidas.

Ese vehículo, una pick up Chevrolet modelo C10, no estaba verificado. Además, el hombre que por este hecho fue condenado en un juicio cuyo fallo se anunció anteayer no contaba con el seguro reglamentario contra terceros de la camioneta que manejaba.

El siniestro vial, cuando era alrededor de la hora 20 de aquel domingo ya señalado, implicó que el rodado conducido por el hombre que fue condenado anteayer chocara contra un automóvil Chevrolet Corsa en el que se trasladaban las seis víctimas que tuvo este luctuoso accidente.

Tres de los ocupantes del Corsa fallecieron en los días siguientes, a causa de las graves heridas sufridas en ese impacto frontal entre ambos rodados. Los demás, todas mujeres, lograron recuperarse tiempo después de las lesiones sufridas durante ese violento choque. Y dos años más tarde, se convirtieron en testigos de lo que fue este debate, desarrollado en el Juzgado Correccional número 2 con asiento en el Palacio de Justicia de Azul.

Héctor Torrens, el magistrado que intervino en este proceso, condenó al conductor de la camioneta a cinco años y seis meses de prisión. Además, a modo de otra sanción, lo inhabilitó por el plazo de diez años “para conducir vehículos con motor”.

Gorosito fue declarado autor de los delitos de homicidio culposo y lesiones graves culposas, ambos ocasionados por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, agravados por la pluralidad de víctimas mortales -tres personas- y lesivas -tres personas- y por la conducción bajo la influencia del consumo de alcohol en nivel prohibido, en concurso ideal.

De esa manera el juez Torrens definió a escala penal lo que había sucedido aquel domingo 16 de abril de 2017, cuando la camioneta que el encausado manejaba chocó contra ese auto en el que viajaban las víctimas, quienes se trasladaban a Tapalqué, la ciudad donde todas estaban radicadas.

El fallo no está firme

El conductor condenado anteayer nunca estuvo detenido por aquel hecho. Pero de quedar firme este fallo deberá cumplir en prisión esa pena superior a los tres años que hace dos días le fue dictada en esta primera instancia.

Marcelo Fernández, que también había tenido a su cargo la instrucción de esta causa penal, representó al Ministerio Público Fiscal en el juicio.

En su alegato, había pedido para Gorosito “cinco años de prisión” y diez de inhabilitación para conducir vehículos automotores.

Más elevada -“seis años”, la máxima sanción para el tipo de delito tratado en este procesado- había sido la pena de prisión que pidió Federico Donovan, quien en el debate se desempeñó bajo la figura del Particular Damnificado en representación de familiares de las víctimas de este siniestro vial.

Ese abogado había sido coincidente con el Fiscal al momento de solicitar que al conductor de la camioneta lo inhabilitaran para manejar, tal como finalmente sucedió en esta primera instancia, por un plazo de diez años.

Distinto había sido el enfoque en el debate de Soledad Kelly, la defensora Oficial de Gorosito.

Desde su punto de vista, el encausado sólo debía ser condenado por las “lesiones graves culposas” que habían sufrido los seis ocupantes del auto, tres de los cuales después fallecieron.

Según la funcionaria judicial sostenía -argumento que en el debate no prosperó y seguramente reiterará si decide apelar ante la Cámara Penal este fallo- la conductora del Corsa incurrió en “violaciones del deber de cuidado” que tenía que tener en su carácter de tal.

Al respecto, Kelly mencionó en su alegato que la mujer circulaba a una velocidad mayor a la permitida; y que lo hacía en un auto en el que viajaban más ocupantes de lo que su capacidad permitía y sin estar todos ellos con cinturón de seguridad colocados. A esta última circunstancia la Defensora Oficial la asoció a los tres decesos que se registraron a causa de este siniestro vial.

Volviendo al monto de “la pena privativa de la libertad” dictada para el encausado, en el fallo el juez Torens escribió: “Entiendo que el mismo se ajusta a los parámetros evaluativos que fueron objeto de análisis y a la magnitud del injusto penal a título de culpa aquí juzgado”.

“Además, la necesidad de evitar que protagonice en el futuro hechos como el presente también encuentra adecuada neutralización a través de la sanción de inhabilitación especial, cuyo monto -diez años- decido aplicar, en función de la magnitud de la imprudencia, desatención y falta de acatamiento a la normativa reguladora del tránsito en la vía pública, según lo demostrado en el juicio oral”, sostuvo también el juez con relación a la conducta desplegada en el hecho por el conductor de la camioneta.

Alcoholizado, sin seguro y con una camioneta que no estaba verificada 

Según se mencionó en el fallo de este juicio donde resultó condenado, Mario Luis Gorosito poseía “1,32 gramos de alcohol por litro de sangre” cuando fue trasladado al hospital para que le fuera extraída una muestra hemática, después de que aquel domingo 16 de abril de 2017, mientras conducía su camioneta, se convirtió en el responsable de este siniestro vial donde tres personas murieron y otras tres resultaron con heridas de consideración.

Ese guarismo de alcohol en sangre está ubicado dentro del parámetro definido como “un segundo grado de ebriedad”.

En términos generales -se explicó también en la resolución del juicio- una persona que pesa 70 kilos y posee esa influencia de alcohol en sangre “ve afectada su motricidad, tiene reflejos más lentos, reacciones más lentas y pérdida del ángulo de visión, afectando esto último el nivel de agudeza visual de la persona en grado muy importante”.

Además, “aparece muy afectada la coordinación de la motricidad fina, es decir todo lo que tenga que ver con los reflejos, los movimientos” y “la medición de distancias”.

De la mano de esa ingesta de alcohol, se presenta “una pérdida de la autocrítica”, ya que “no se miden adecuadamente los peligros -“se cree que puede todo”-, pero la persona sigue comprendiendo su situación”.

Gorosito declaró en el juicio. Recordó que aquella noche en que protagonizó el accidente accedió a la Avenida Chaves desde una calle transversal de tierra. Después, sostuvo que se encandiló y que intentó frenar; aunque luego ya no pudo recordar durante su testimonio en el debate mayor precisión alguna en cuanto a lo sucedido en ese impacto contra el Chevrolet Corsa en el que viajaban las víctimas.

Dijo también que aquel día “había tomado alcohol en el almuerzo, una copita de fernet”; que “estaba en condiciones de manejar” y que después de haber provocado este siniestro vial sólo recordaba que estaba en el hospital.

“Me encandilaron, yo venía por mi carril, no tenía para ver, no sabía en qué lugar estaba”, se citó en el fallo que afirmó en el juicio.

Según sostuvo también, del cuidado de su camioneta se ocupaba su mecánico. Y no tenía hecha la VTV “porque de esos modelos viejos no la hacen”. En cuanto al seguro obligatorio de responsabilidad civil -afirmó- no lo tenia porque “tampoco lo hacen para esos modelos viejos”.

La versión del conductor de la camioneta fue considerada por el juez que lo condenó como dotada de “explicaciones pueriles y sin correlato probatorio alguno”.

Sus dichos, escribió también el magistrado Torrens en el fallo, quedaban claramente desvirtuados “con las pruebas de cargo colectadas” en la investigación penal y sólo sirvieron para que el encausado, aunque sin lograrlo porque terminó siendo condenado, intentara “colocarse en una mejor situación procesal”, más allá de que admitió que el choque se produjo en el carril contrario al que le correspondía circular y que en ese entonces su camioneta no tenía la VTV ni él contaba con el seguro obligatorio para circular.

El 16 de abril de 2017 Mario Luis Gorosito, el hombre condenado en este juicio a cinco años y medio de prisión y a una pena que lo inhabilita para conducir por una década, había accedido con su camioneta a la Avenida Chaves desde una calle transversal y se trasladaba en sentido hacia el casco urbano de Azul cuando provocó ese choque frontal con el automóvil Chevrolet Corsa en el que viajaban las víctimas, tres de cuyos ocupantes fueron muriendo días después.

Según lo que el juez Héctor Torrens dio por demostrado en este debate que finalizó anteayer, era aproximadamente la hora 20 de aquel Domingo de Pascua cuando este grave siniestro vial se produjo.

Alcoholizado, Gorosito guiaba en ese momento una Chevrolet C10 y el violento choque frontal contra el Corsa se registró, sobre la ya mencionada avenida, “a aproximadamente mil cuatrocientos metros de la intersección con Avenida República de Italia”.

En ese sector de Chaves, el encausado “invadió el carril contrario, por donde venía circulando normalmente”, en dirección hacia la Ruta 51, el auto que guiaba una mujer llamada Gabriela Edith Lozano.

El rodado menor se dirigía hacia Tapalqué, la ciudad donde sus seis ocupantes vivían.

Como Bianca Abigail Herrera, Felisa Esther Haedo, Mariano Alejandro Lozano, Luciana Camila Aguilera y Aldana Farías habían sido identificados los demás ocupantes del Corsa.

La primera que falleció a causa de las graves lesiones que sufrió en el choque fue Bianca Abigail Herrera, una nena que tenía dos años de edad.

Su deceso se produjo en las primeras horas del día siguiente a registrado este siniestro vial, cuando permanecía internada en el Hospital de Niños de esta ciudad.

Felisa Esther Haedo fue la segunda de las víctimas fatales que tuvo este choque. Estaba internada en el Hospital Pintos y tenía 61 años de edad cuando murió el 22 de abril de aquel año 2017.

Su hijo, un bombero voluntario, fue el tercero de los fallecidos a causa de lo que fuera aquel choque.

Mariano Alejandro Lozano tenía 25 años de edad cuando murió. Instantes antes a convertirse en una de las víctimas de aquel siniestro vial, estaba esperando en una garita sobre la Avenida Chaves, en cercanías a la cancha de Azul Athletic, un micro que lo llevara a Tapalqué, después de que ese domingo vino a trabajar como guardia de seguridad a Cerámica San Lorenzo.

En ese entonces pasó el auto en el que viajaban su mamá, la menor y las demás mujeres hacia la vecina ciudad. Y el joven se subió al vehículo.

Minutos después, se convirtió en uno de los heridos a causa de lo que fue aquel choque contra la camioneta que Gorosito, el hombre condenado en este juicio que terminó el viernes pasado, manejaba.

Además de la conductora del auto, en el accidente sobrevivieron la mamá de la nena que falleció en primera instancia y una tía de la menor.

Además de la mamá del joven que -al igual que ella- falleció, Felisa Haedo era la cuñada de Gabriela Lozano, la mujer que manejaba el auto.

La conductora del Corsa, en tanto, era abuela de la nena que había muerto al día siguiente de ocurrido este accidente.

En un principio estuvo internada en el Hospital Pintos, del mismo modo que en ese entonces sucedió con las demás sobrevivientes de este siniestro vial: la madre y una tía de la nena fallecida en el choque.

La primera de esas jóvenes mencionadas, nuera de la conductora del auto, se llama Luciana Camila Aguilera. La otra joven es Aldana Farías.

Las tres sobrevivientes de este accidente de tránsito brindaron sus respectivos testimonios en ese juicio que finalizó hace dos días.

Según se menciona en el fallo, Gabriela Edith Lozano había venido ese domingo a traer a su marido a Azul, quien desde esta ciudad, con el patrón con el que trabajaba en ese entonces, tenía que viajar a Punta Alta.

La conductora del auto aprovechó ese viaje, como su nieta había estado con fiebre, para traerla a un control médico en el Hospital de Niños de Azul.

Invadió el carril contrario de la avenida

De la mano de las pericias accidentológicas y de otros elementos incorporados a esta investigación penal, en el fallo del juicio el juez Torrens concluyó que el accionar de Mario Luis Gorosito al mando de la camioneta “permite sostener que en su marcha por la vía pública invadió el carril contrario de circulación y, transitando en contramano, impactó frontalmente contra el automóvil guiado por Gabriela Lozano, quien se desplazaba normalmente en su sentido normal de avance”.

“Además, había asumido la conducción de la pick up Chevrolet bajo los efectos de una ingesta alcohólica previa que lo colocó en un estado de ebriedad de segundo grado”, agregó el magistrado a cargo del Juzgado Correccional 2.

Las declaraciones en el debate de dos de las sobrevivientes del siniestro vial sirvieron para determinar que la camioneta que guiaba el encausado, al parecer, no tenía las luces encendidas en la previa al choque, “dato que también explica la aparición sorpresiva de ese vehículo interponiéndose en contramano delante de la línea de marcha del Chevrolet Corsa, cuya conductora lo divisó a corta distancia y a través de las luces de su propio vehículo”.

“Todas esas plurales inobservancias de los reglamentos o normas generales de regulación del tránsito determinan una elevación del riesgo permitido, convirtiéndose para Mario Luis Gorosito en una evidente suma de infracciones al deber de cuidado que tenía a su cargo y bajo su propio dominio. Los factores apuntados permiten caracterizar como claramente imprudente al accionar del imputado, violatorio de la normativa de tránsito aplicable”, concluyó el juez al momento de condenarlo en esta primera instancia como el responsable a título penal de ese siniestro vial donde tres personas murieron y otras tres resultaron gravemente heridas.

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