Dos olavarrienses fueron condenados por comercialización de estupefacientes

Lo resolvió un Tribunal de la ciudad de Azul. Fue en un Juicio Abreviado.


El juez Joaquín Duba, a cargo de manera unipersonal del Tribunal Oral y Criminal N° 1 de Azul, dictó sentencia contra dos olavarrienses acusados de comercialización de estupefacientes por hechos ocurridos en nuestra ciudad en abril del año 2021.

Los condenados son Leonardo Agustín Alí y María Victoria Zarate.

La condena para los olavarrienses se conoció luego de que se aceptara un Juicio Abreviado en el que acordaron la modalidad de juzgamiento y la pena el representante del Ministerio Público Fiscal a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción Nº 19 de Olavarría Dr. Lucas Moyano y la Defensora oficial a cargo de la Unidad Funcional de Defensa Nº 2 de Olavarría Dra. María Soledad Kelly.

En ambos casos el Juicio Abreviado fue avalado por Ali y Zarate, procesados en la causa.

Los hechos por lo que los olavarrienses recibieron la pena se iniciaron el 5 de abril de 2021 cuando personal policial junto con un perro especializado en estupefacientes realizó un allanamiento ordenando por el doctor Carlos Eduardo Villamarín, titular del Juzgado de Garantías N° 1 de Olavarría.

El allanamiento fue en Pourtale al 2900 y allí se comprobó que, “Leonardo Agustín Ali y María Victoria Zarate, detentaron bajo su guarda y disposición con el inequívoco fin de comercializar directamente al consumidor la cantidad de 153,1 gramos de cannabis sativa dispuesta en el interior de dos frascos de vidrio y dos cajas de zapatos”. Además se determinó que en poder de los procesados había más estupefacientes.

A todo esto se le sumó el secuestro de más elementos que permitieron que la justicia confirme que los estupefacientes eran destinados a la comercialización: dos teléfonos celulares y recortes de nylon.

uno de ellos marca “Motorola” con la pantalla dañada e inscripción en la parte trasera VIKI – MODULO NO PLACA y el restante marca “Samsung” con la pantalla astillada y los necesarios para el acondicionamiento de la sustancia, siendo recortes de nylon varios.

Esos hechos y las coautorías penalmente responsables de Leonardo Agustín Ali y de María Victoria Zarate en los mismos se acreditan con:

La vigilancia previa

En la lectura del fallo dictado por el juez Duba se revela además las tareas de inteligencia previas que realizó personal policial en las inmediaciones de la vivienda donde residían Alí y Zarate.

En marzo de 2021, un mes antes del allanamiento, se había logrado determinar que distintas personas y en distintos horarios se acercaban a la vivienda de Pourtalé al 2900. Se cree que las mismas llegaban al lugar para acceder a los estupefacientes que allí se comercializaban.

Además, la justicia logró establecer gran parte del comercio de estupefacientes a través de las pericias de los teléfonos celulares secuestrados durante el allanamiento.

Allí se encontró, entre otros, la siguiente conversación: “Viki tenés una mano de eso? (…) consultando la misma: “De queee”, para responder el interlocutor: “Paraguin o flores”, a lo que “Viki” indica: “Paraguaa amigoo” “x ahoraa” (…) repreguntando “Daviddd”: “Pepa nada??” (…), a lo que “Viki” contesta: “Sii” “Te consigo” y otra conversación de las mismas fechas donde se pudo extraer el siguiente diálogo: “Que onda amifa” “Tenés puchito”, a lo que la misma consulta: “Que Honda amigo” “Cuanto querias”, preguntando aquel mediante audio: “No se amiga cuanto esta…”, para indicar esta: “500 p arrib” (…) “Te alcanzo amigo” “Cuanto” “Quere” (…);

Esas conversaciones correspondían al teléfono de Zarate.

En tanto, también se analizó el teléfono de Alí y en los días previos al allanamiento se logró extraer está conversación: “Toti”: “No me hacés un 1500 nomás ‘” (…) “o nose su me bancas ?” “Porque no tengo plata ahora” “??” “Avisame” (…) respondiendo “Toti”: “Me abri ls ultima.” (…), consultando “Jenuy”: “Uu mal ahí” “Más tarde vas a tener?”.

Las penas

Con todos los elementos en el expediente y, como se dijo, en el marco de un Juicio Abreviado se condenó a Leonardo Agustín Ali y a María Victoria Zarate a las penas de 4 años y 4 meses de prisión al ser hallados coautores penalmente responsable del delito de Tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización en dosis fraccionadas destinadas directamente al consumidor, dos hechos en concurso real de acciones.

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