Dura sentencia del Juzgado de Faltas: Casi 450 mil pesos de multa por una reunión social no habilitada

Fue sancionado por el Juzgado Municipal de Falta por una infracción detectada a fines del mes de noviembre. Además de la multa se deberá hacer cargo de las costas del proceso.


El Juzgado Municipal de Faltas, a cargo del doctor Luciano Ariel Blanco, dictó en las últimas horas una sentencia condenatoria contra un olavarriense que fue infraccionado en el mes de noviembre por ser parte de una reunión social incumpliendo los protocolos sanitarios y las distintas normas que regulan la aglomeración de personas debido a la pandemia mundial del Covid-19.

En Línea Noticias accedió a lo resuelto por el Juez de Faltas Municipal que dispuso condenar al olavarriense a pagar una multa de 443.493, 50 pesos por haberse comprobado la infracción al Art. 3 de la Ordenanza Municipal N° 4569/20. A esa suma el infraccionado deberá sumarle las costas del proceso que superan los 44 mil pesos.

Por la reunión social no habilitada, en total, deberá pagar 487.842 pesos.

El expediente que terminó en esta multa se inició el 29 de noviembre pasado en un domicilio de calle Celestino Muñoz al 3300. Tras recibir un llamado al Centro de Monitoreo Municipal, inspectores del área de Control Urbano concurrieron a dicho domicilio y constataron la realización de una reunión social que incumplía con la normativa vigente.

El video del accionar de personal Municipal que se encuentra en el expediente

Luego de esa infracción el proceso en el Juzgado de Faltas continuó hacia fines del mes de diciembre cuando el olavarriense infraccionado fue citado a la audiencia para ejercer su derecho a defensa y – según se lee en la sentencia – durante el desarrollo de la misma reconoció la existencia de la falta que le imputaba.

El mismo fin de semana en que se desalojó la fiesta que hoy terminó en sentencia el municipio informaba que se habían infraccionado 20 eventos de similares características.

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