Elecciones en Coopelectric: La Jueza Desiata rechazó “In límine” el amparo presentado por la lista opositora

La resolución se conoció este miércoles por la tarde. Autoridades del Consejo de Administración de Coopelectric brindarán una conferencia de prensa.


La Jueza Correccional de Olavarría, doctora Cecilia Desiata rechazó el amparo presentado por Luis Cavalli referente de la lista opositora de Coopelectric, de acuerdo con lo que pudo conocer En Línea Noticias.

Voceros oficiales indicaron que el rechazo al amparo fue “In límine” lo que explicaron “el modo en que fue peticionado no va a tramitar”.

Si bien en un primer momento los voceros de la Lista Verde habían dado cuenta que la acción de amparo había quedado radicada en el Juzgado Contencioso Administrativo de Azul cosa que no fue así. En primera instancia el amparo fue radicado en el Juzgado de Garantías N° 1 de Olavarría que está siendo subrogado por el doctor Carlos Villamarín por ausencia de la doctora Fabiana San Román. Villamarín se excusó de llevar adelante el trámite, entre otros argumentos, por estar en este momento a cargo de su Juzgado y el de San Román.

Luego de esas excusaciones la acción de amparo fue remitida al Juzgado Correccional donde este miércoles finalmente se rechazó.

En la acción de amparo desde la Lista Verde se indicaba que buscaban «promover acción expedita y rápida de amparo en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional, y la ley nacional 16.986, contra los ‘actos u omisiones’ de la Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad y Servicios Anexos de Olavarría, que lesionan de manera arbitraria y manifiesta derechos constitucionalmente protegidos del suscripto, y de todos los asociados de Coopelectric, en el proceso electoral convocado con fecha 2 de septiembre de 2021».

En la presentación además se pide que “mande dejar sin efecto la prohibición, constatada de hecho en el transcurso del registro de certificación de firmas que manda el artículo 36 Inciso A del Estatuto Social de Coopelectric, de que un asociado tenga el derecho de proponer a otro como candidato a delegado y avalar su candidatura, y que éste en su calidad de asociado también tenga el derecho a proponer y avalar a otro como delegado».

Por otro lado en el inciso 5 de la demanda que ahora fue rechazada se indica que «dicte una medida cautelar de no innovar que disponga la inmediata suspensión del proceso electoral en atención a la manifiesta ilegitimidad y arbitrariedad de la prohibición del derecho de un asociado de proponer a otro como candidato a delegado, y avalar su candidatura, y que éste -en su calidad de asociado- también tenga el derecho a proponer y avalar a otro como delegado».

La presentación judicial, a todas luces, fue motivada dado que el Estatuto de Coopelectric invalida a los delegados a ser avalistas. Dice el amparo presentado por la Lista Verde «la consecuencia de la prohibición del derecho de que los candidatos a delegados puedan ser avalistas de otros candidatos a delegado se lesiona mi derecho a participar eligiendo y siendo elegido en un proceso democrático que hace a la esencia del cooperativismo, así como la de los cientos que firmamos los formularios con la certificación correspondiente».

Por otro lado luego de que trascendiera el fallo de la doctora Cecilia Desiata, desde Coopelectric se convocó a una conferencia de prensa para la tarde de este miércoles.

Dice la convocatoria que en la conferencia de prensa el Consejo de Administración de Coopelectric hará referencia a las listas presentadas ante la convocatoria a Asamblea Electoral de Distrito.

Vale decir que está decisión de la doctora Desiata puede ser apelada por quienes presentaron el amparo.

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