“La justicia escuchó la demanda y falló a favor de la gente frenando el tarifazo de luz”

juntada de firmas
Lo dijo el diputado Cesar Valicenti a partir de una iniciativa legislativa que presentó el bloque del Frente para la Victoria, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata, a cargo del Juez Arias, dictó una medida cautelar, mediante la cual suspende el aumento de tarifas de energía eléctrica en la provincia de Buenos Aires, donde presta servicio las distribuidora EDELAP, EDES SA, EDEA SA y EDEN SA.
 
Se trata de una medida cautelar dictada por el juez Luis Arias, a partir de la presentación de un recurso de amparo por parte del Frente para la Victoria y de las diversas contra del tarifazo de luz. Cabe recordar que el pedido solicitaba se diera marcha atrás en el aumento, ya que el Frente Cambiemos no había realizado la correspondiente audiencia pública con anterioridad a su aprobación.
 
El fallo indica que se suspende “la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios para la distribución del servicio público de energía, autorizados mediante Resolución N° 22 del Ministerio de Infraestructura y Servicios públicos de la Provincia”.
 
Al respecto el legislador Valicenti manifestó: “Desde el Frente para la Victoria de Olavarría, queremos agradecer a toda la comunidad por su apoyo y su compromiso, gracias a su firma junto con otras acciones, este fallo ha sido posible, el pueblo se ha manifestado y organizado y acá vemos los resultados”.
Por último el Legislador indicó: “Creemos que es fundamental defender los derechos de los usuarios, los clubes sociales y comercios para que no se vean vulnerados por decisiones políticas del gobierno de turno que impactan negativamente en la vida de la gente”.
 
Dentro de los puntos más importantes de la medida, se “solicita se ordene a las empresas distribuidoras de energía eléctrica demandadas a abstenerse de aplicar la nueva tarifa a los usuarios del servicio público, efectuar una nueva liquidación y emitir nuevas facturas o, para el caso en que la nueva facturación no fuera emitida antes de los sucesivos y periódicos vencimientos, que la empresa admita el pago del servicio según el cuadro tarifario anterior al incremento establecido, sin que ello implique la alteración o interrupción del servicio”.
 

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