Visto bueno para la llegada de Farmacity a la Provincia
Resolución del Procurador General de la Nación
La Procuración General de la Nación dictaminó, en un fallo que no es vinculante, que uno de los artículos de la Ley de Farmacias que rige en la provincia de Buenos Aires desde hace más de tres décadas es inconstitucional, por lo que si la Corte Suprema resuelve en el mismo sentido habilitará el desembarco de la cadena Farmacity en territorio bonaerense.
Según confiaron fuentes judiciales a DIB, el procurador interino, Eduardo Casal, dictaminó que el artículo 14 de le Ley 10.606, aprobada en 1987 en la provincia, es inconstitucional y de esta forma abre el espectro de las farmacias que pueden operar en el territorio. En tanto, sobre el otro artículo observado, el 3 de la ley, dictaminó que se devuelva el expediente para que la Suprema Corte bonaerense se expida de una manera más clara.
La ley vigente establece que las farmacias no son un comercio, sino un servicio público como extensión del sistema de salud, y determina que no puede haber una a menos de 300 metros de otra. Además, permite como titulares a empresas unipersonales, SRL, sin fines de lucro (mutuales) pero no a sociedades anónimas, como es Farmacity.
Tras el dictamen del procurador que asumió en su cargo tras la renuncia de Alejandra Gils Carbó, ahora la Corte deberá resolver.
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