Tandil: Por conducción «imprudente» imputan al padre de una niña muerta en un incidente vial
La Justicia dejaría de lado la «pena natural» en este caso.

Fuente: El Eco de Tandil
A poco más de una semana del grave accidente vehicular que derivó en delicadas lesiones en una niña de 3 años que falleció el miércoles tras algunos días de internación en un nosocomio marplatense, se sustancia la instrucción penal preparatoria en la que pondrá el foco en la responsabilidad penal del propio padre de la víctima, quien conducía la moto que protagonizó la colisión fatal.
En efecto, mientras las familias de la pequeña fallecida Juana García conviven con el duelo de su pérdida en lo que se transformará en una herida difícil de cicatrizar, en la fiscalía se avanza en la causa que fue caratulada como “Homicidio culposo” que pone en cabeza del papá de la niña, Juan Alberto García, la responsabilidad penal del trágico suceso.
Al respecto, es dable señalar que en sucesos similares, donde el drama familiar surca la escena como en este caso frente a lo que se presenta como un accidente, no pocos recogen la figura de lo que se conoce como “pena natural”, que, a grandes rasgos, alude a que no hay pena eventual que establezca el Código que equipare la pena que pesa sobre quien carga sobre sus espaldas semejante pérdida, como la de un hijo.
La bibliografía reseña al respecto que la pena natural la limitan los distintos códigos adjetivos penales que la contemplan, como supuesto de aplicabilidad del principio de oportunidad (en manos del fiscal en este caso), a los casos en que “el imputado ha sufrido, a consecuencia de la acción delictiva, daño físico o moral grave que haga desproporcionada la aplicación de una sanción (…)
A más precisiones, se establece que podrá prescindir de la sanción, por un lado, porque el reproche al autor ha sido compensado por las graves consecuencias del hecho, que para él tienen efectos similares a una pena (pena natural o según Hobbs: “pena divina”) y porque, por otro lado, por dicha razón no se reconoce ninguna necesidad preventiva.
Empero, en este caso y a criterio de los instructores de la causa iniciada, hasta aquí de descartaría dicha figura para con el padre de la niña fallecida, quien quedará sometido a un proceso penal por el delito citado, a partir de las constancias de que condujo la moto de manera imprudente, negligentemente, mientras se aguardan por resultados periciales que corroborarían las impresiones que se llevaron los policías una vez en el lugar, acerca de medirse que el señalado conducía el rodado con su hija con un grado de ingesta alcohólico por demás a lo que establece la ley.
La figura delictiva
Respecto a la figura delictiva que le cabría al padre sería la de “Homicidio Culposo”, que refiere a la muerte causada por una persona a otra de manera ilícita, esto es en violación de la ley penal, pero sin la intención de hacerlo. “La muerte ocurre por el obrar imprudente o negligente del homicida (…) Cuando alguien conduce a excesiva velocidad un automotor no necesariamente desea matar a alguien, pero su negligencia, imprudencia o impericia desencadenan el resultado fatal”.
El 84 del Código de Procedimiento Penal al respecto señala que será penado con reclusión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causar a otro la muerte.
El accidente
Como oportunamente se detalló sobre el incidente vial a través del relato de la tía de la víctima, Érica Cordero, el sábado el padre retiró a Juana y a su hermano de 5 años de la casa de la mamá, para asistir a la fiesta de cumpleaños que le habían organizado en una quinta ubicada en la zona de la rotonda de la Curva de Marchini.
En cuanto a las circunstancias del choque, detalló que “él está en pareja, obviamente cada uno tiene derecho a hacer su vida. Había ido a llevar a su novia a la parada del colectivo rojo, en Estrada, y como no venía el micro, decidió llevarla hasta la casa. Cuando la dejó a ella, la pasa a Juana adelante, y ahí es cuando ocurre el accidente”.
La tía indicó que el padre cruzó la ciudad con su nena en la moto y sin casco.
El incidente vial ocurrió en Aeronáutica Argentina, entre Labarden y Casacuberta. Impactaron una moto Zanella Sapucai, con patente 153JYQ, y un Renault Symbol, dominio KPX486, afectado a la agencia de Remis Tandil, que circulaban en el mismo sentido.
Según trascendió, la moto habría intentado sobrepasar al automóvil, maniobra en la que chocó por alcance al Renault.
El conductor de la moto, Juan Alberto García de 24 años, y su hija Juana García, de 3, cayeron contra la acera y debieron ser trasladados al Hospital Ramón Santamarina.
De acuerdo al primer parte médico, el paciente adulto presentó traumatismo encefalocraneano y politraumatismos en miembros, además de pérdida de conocimiento, por lo que fue asistido en Servicio de Emergencias. En tanto, la menor presentó una fractura de cráneo con hematoma subdural, cuadro que determinó su traslado urgente a Mar del Plata, donde falleció días más tarde.
En tanto, el remisero Sergio Marcelo Maugere resultó ileso, pero al momento del accidente también fue trasladado al nosocomio local por entrar en estado de shock ante la magnitud de las lesiones, principalmente de la niña.
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