Mediante una cautelar un Juez Federal de Azul ordenó que una prepaga aplique aumentos de acuerdo al Índice Salarial del INDEC

La medida beneficia a un jubilado de Tandil


El juez Federal de Azul, doctor Martín Bava dictó una medida cautelar que beneficia a un jubilado de la ciudad de Tandil y ordena a una prepaga a disponer el aumento de las cuotas de acuerdo con un Índice del INDEC y no mediante la aplicación del DNU 70/2023 dictado por el presidente Javier Gerardo Milei.

El afiliado a la prepaga Galeno es un vecino de Tandil que tiene 74 años y cobra poco más de 158 mil pesos de jubilación.

El vecino de Tandil llegó a la Justicia Federal con el patrocinio letrado del doctor Gastón Argeri, que supo ser presidente del Colegio de Abogados de Azul.

El jubilado está adherido al plan salud 220 que propone la prepaga y en la demanda sostuvo que tras la sanción del DNU 70/2023, Galeno comenzó a aplicar de manera arbitraria aumentos siderales sobre la cuota.

Al respecto, expone que hasta en el mes de diciembre de 2023 abonó la suma de $123.669 en concepto de cuota por el mencionado plan de salud y que se había acogido al sistema implementado por el gobierno anterior para el congelamiento de las cuotas de las empresas de medicina prepaga, completando a ese fin las declaraciones juradas que se habían habilitado para quienes no podían afrontar los incrementos.

Al presentarse la demanda, se supo que en el mes de enero pasado Galeno le facturó la suma de $230.074.

Los motivos para promover la cautelar

El Juez Federal de Azul, doctor Martín Bava. Archivo.

El doctor Martín Bava, al fundamentar su decisión, realiza un minucioso análisis de la situación del jubilado y los aumentos aplicados por la prepaga Galeno. Como resolución central, el Magistrado ordena que Galeno arbitre los procedimientos pertinentes para dejar sin efecto los aumentos sobre el valor de la cuota mensual que paga el jubilado en referencia a los meses de enero y febrero.

En este sentido, además el Juez Federal establece que los futuros incrementos de las cuotas que deberá pagar el jubilado deben estar sujetos al Índice Salarial que publica el INDEC.

Esa forma de calcular los incrementos estará vigente hasta que culmine el proceso de análisis del amparo, es decir, hasta que se resuelva la cuestión de fondo.

Bava consideró que “el otorgamiento de la medida no ocasiona un grave perjuicio a la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actor”.

El doctor Bava expresa que con esta cautelar garantiza “el derecho a la salud” del jubilado al tiempo que evita “los perjuicios irreparables que pueden ocasionarse al beneficiario frente a los incrementos informados.”

Ahora el amparo continuará su proceso hasta resolverse la cuestión de fondo.

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