Carla Cordero: «por supuesto hubiese esperado un poco mas, espero que mi papá pueda descansar en paz»
Conocida la sentencia del TOC 2 de Azul donde el tribunal criminal condenó a los asesinos de Ricardo Cordero a la pena de 25 y 20 años de prisión, la hija de la víctima se expresó ante la consulta de En Línea Noticias.
Carla Cordero, radicada en la ciudad de Mar Del Plata, viajó a la ciudad de Azul cada día de audiencia y siguió paso a paso el proceso penal contra Claudio Daniel «Chaco» Ibarra y Anabella Landalde, a quienes la justicia les enrostra haber cometido unos de los crímenes más atroces de los últimos tiempos en la ciudad de Olavarría.
Con respecto a la sentencia Carla Cordero dijo que ella y sus hermanos, «por supuesto que hubiese esperado un poco más, si bien les dieron bastantes años,» tras ser informada del fallo que firmaron las juezas que integraron el TOC 2.
En ese sentido señaló que, «yo soy la hija y a mí nada me alcanza, pero bueno las leyes en este país son así.»
Por último le dijo a En Línea Noticias que, «dentro de todo conforme con lo que les dieron, espero que mi papá pueda empezar a descansar en paz.»
«Para nosotros siempre va a ser un dolor enorme, para mí, para mis hermanos, para mi familia, pero bueno, por lo menos están ahí adentro y van a pagar por lo que hicieron.»
El Tribunal Oral Penal 2 de Azul integrado por las doctoras Alejandra Raverta, Inés Haydeé Olmedo y Silvia Araceli Torres, condenó a Claudio Daniel «El Chaco» Ibarra a 25 años de prisión y a su pareja Anabella Landalde a 20 años de prisión por el atroz crimen de Carlos Cordero.
El fallo en la causa caratulada “Ibarra Claudio Daniel – Landalde Anabella María José – Homicidio
doblemente agravado por su comisión con alevosía y por el uso de arma de fuego en la ciudad de Olavarría.
La Dra Paula Serrano, fue la fiscal que llevó adelante la investigación y encabezó la querella que culminó con la condena de ambos imputados. La Dra. Hernández y la Dra Kelly, fueron las abogadas oficiales patrocinantes de los acusados.
El TOC 2 sentenció a Ibarra por ser penalmente responsable del delito de Homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, a la Pena de Veinticinco (25) Años de Prisión, accesorias legales , con más el pago de costas procesales, en calidad de autor por el hecho cometido en Olavarría , Provincia de Buenos Aires el día 26 de junio de 2019, en perjuicio de Carlos Roberto Cordero .
También condenó a Anabella María José Landalde , por ser penalmente responsable del delito de Homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, a la Pena de Veinte (20) Años de Prisión, Accesorias legales , con más el pago de costas procesales, en calidad de partícipe primaria por el hecho cometido en Olavarría , Provincia de Buenos Aires el día 26 de junio de 2019, en perjuicio de
Carlos Roberto Cordero .
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El tribunal dio por probado que, El día 26 de junio del año 2019, en el horario comprendido entre las 9,00 y las 11.00 horas, dos personas Claudio Daniel Ibarra y Anabella María José Landalde, en un plan previamente concertado, se contactaron mediante mensajes de texto por la aplicación Messenger de una cuenta de Facebook y luego mediante llamada telefónica con Carlos Roberto Cordero, simulando que el fin era concertar una cita sexual entre la femenina nombrada y éste último, con la clara intención previa de darle muerte.
Para ello lo convocaron al domicilio sito en calle Pourtale 2246 de Olavarría, lugar al cual Cordero arribó a
bordo del vehículo de su propiedad un Ford Fiesta, y una vez en el interior del inmueble, Ibarra, mediante la utilización de un arma de fuego tipo escopeta, le efectuó al menos un disparo a muy corta distancia en la zona del maxilar izquierdo, produciéndole de ese modo la muerte.
En el fallo se señala que, seguidamente, se deshicieron del automóvil de la víctima. En el horario previo a
las 5,35 horas, del día 27 de junio de 2019, Ibarra condujo personalmente el vehículo de Cordero a las inmediaciones de calle 5 y Avenida Colón de la ciudad de Olavarría, lugar donde se dio inicio a un foco ígneo sobre el interior del habitáculo del rodado, con el fin de ocultar toda evidencia que pudiera
involucrarles en el hecho.
Por último, señala el fallo, desmembraron el cuerpo de Cordero, en fecha aún indeterminada y se
descartaron de sus restos en la madrugada del día 6 de julio de 2019, en las cercanías del santuario popular al Gauchito Gil, ubicado en una calle de tierra paralela a la Ruta Nacional 226 y Avenida Alberdi de Olavarría, lugar donde se inició otro foco ígneo debajo de una de las mesas de material del lugar, colocaron los restos sobre ramas, goma espuma y al menos una cubierta de motocicleta, lo que provocó la carbonización de casi la totalidad del cuerpo.