Caso Agapito: Excarcelaron al Seguridad de Fomento
La Cámara descalificó la decisión de la jueza. Estuvo cuatro meses preso.
La Resolución se conoció este viernes por parte de la Cámara de Apelación de Azul. Hubo críticas a la Jueza que dictaminó la detención dado que hubo “arbitrariedad” en la decisión.
Este viernes, la Cámara de Apelación de Azul dictaminó la excarcelación de Damián Salvador Alonso, acusado de “Lesiones Graves” tras agredir al joven Juan Ignacio Agapito, de 18 años, a la salida de un boliche, generándole graves heridas en la cabeza.
En la Resolución, firmada por los jueces Carlos Paulino Pagliere (h), Damián Pedro Cini, y Gustavo Agustín Echevarría y que accedió Central de Noticias, hubo críticas a la jueza que aceptó el pedido de detención de Alonso, solicitado por el fiscal Urlézaga, a cargo de la causa.
Allí, se acusa de un “un acto de notable arbitrariedad por parte de la Jueza de grado desentenderse de los registros fílmicos, descalificando ello el auto de prisión preventiva como acto jurisdiccional válido”.
Según se logró saber semanas atrás, en las filmaciones que se presentaron a la Justicia no quedaría acreditado que hubo un golpe para lastimar a Agapito como lo lastimó, aunque sí produjo una caída que hizo que la víctima golpee contra el cordón de la vereda, generándole la herida más grave.
Se recordó la profesión de Alonso y que, además, “trabaja como seguridad hace más de diez años sin haber tenido jamás problema alguno, prestó declaración sobre el hecho y explicó claramente que trató de sujetar a la víctima y nunca de golpearlo, y que, al no lograrlo, el joven trastabilló y se cayó”.
Tras la declaración de seis testigos, tampoco quedó acreditado -según los jueces de la Cámara- los fundamentos por los que Alonso terminó detenido: los testigos “o no vieron nada, o estaban ebrios, o acreditan haber visto un golpe pero sin intención”, lo que torna, para los jueces, “completamente absurda la conclusión de la jueza de grado al dictar la prisión preventiva aquí impugnada”.
Además, no se tuvo en cuenta a la hora de dictaminar la detención los registros fílmicos, las pericias realizadas tanto al imputado como a la víctima y que, también, “el joven Agapito ya se encuentra en su casa y prestó declaración reconociendo que estaba borracho esa noche y que no recuerda nada de lo sucedido”.
Uno de los puntos clave en torno a la excarcelación de Alonso es el análisis “globalmente de las circunstancias personales de Alonso” quien trabaja de lunes a sábado y adicionalmente es empleado de seguridad de un boliche hace más de diez años “con excelente conducta y sin haber recibido jamás una denuncia en su contra, y que posee residencia fija en la ciudad de Olavarría, que no se resistió a su detención ni ha procurado darse a la fuga durante el avance de la investigación, y que además no posee ningún medio económico ni logístico para la impracticable tarea de darse a la fuga, todos elementos que adecuadamente analizados hubiesen llevado a conceder la libertad del nombrado”.
De esta forma y por mayoría, se revocó la prisión preventiva dictaminada y fue excarcelado, cuestión que hizo efectiva el Juzgado de Garantías N°1 de Olavarría. (Central de Noticias)
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