Demandó a una médica y al municipio por la “mala colocación de un DIU” en un CAPS

El Municipio, en el marco del proceso judicial, ya rechazó los hechos denunciados y el proceso continúa. La mujer pide una suma de más de 1,5 millones de pesos. La olavarriense asegura que desde lo sucedido sufre un estado «depresivo» dado que perdió su capacidad de «procrear».


En la sede del Juzgado Contencioso Administrativo de Azul se encuentra en pleno trámite una demanda iniciada por una mujer quien acusa a una médica y al Municipio por la presunta mala colocación de un DIU, práctica llevada adelante en un Centro de Atención Primaria de Salud.

El hecho denunciado, motivo de la demanda, se produjo el año pasado y ahora la olavarriense inició acciones legales con la asistencia técnica del abogado Juan Alejandro Letier.

Si bien En Línea Noticias accedió a través de fuentes oficiales a la totalidad de la demanda no se darán a conocer los datos filiatorios ni de la demandante ni de la médica demandada.

Los hechos

El Municipio, a través de la Secretaria de Salud, implementa el Programa Municipal de Salud Sexual y Reproductiva. En el marco de este programa la demandante concurrió al Centro de Atención Primaria de la Salud Nº 1, donde la médica demandada le propone la colocación de un DIU como método anticonceptivo. La práctica en cuestión se llevó adelante un consultorio del CAPS N° 1 en noviembre del año 2020.

Según aduce la olavarriense que ahora pretende un resarcimiento económico a partir de la colocación del dispositivo se empieza a sentir mal y agrega, con “calambres abdominal y luego fiebre en los días posteriores”.

Fue así que días después concurrió a otro Centro de Atención Primaria de la Salud desde donde es derivada al Hospital Municipal para que en el centro asistencial se le practiquen “placas radiográficas y tomografía”. De estos estudios, señalan, habría surgido que el DIU colocado por la demanda “no se encontraba en su lugar, sino en la cavidad pelviana por fuera del fondo uterino y en íntimo contacto con él”.

Precisamente se expresa que la mujer debió ser internada en el Hospital Municipal, puntualmente en el sector de maternidad. Allí reza la demanda fue, “operada para extraer el dispositivo” aunque eso no terminó allí toda vez que, “al efectuarse la operación los cirujanos encuentran una infección dentro del abdomen”.

En la demanda señala que tuvo una recuperación “dificultosa” de la cirugía e incluso en abril del 2021 cuando presentó la demanda dice no encontrarse, “recuperada totalmente, sufriendo dificultad y dolor al tener relaciones sexuales, y al esfuerzo, habiéndose afectado no sólo mi salud física sino también la psíquica”.

Lo más sobresaliente de los dichos de la denunciante es que a raíz de la infección y cirugía, “ha perdido la capacidad de procrear”.

El rol de la Municipalidad, según denuncia tampoco sería el mejor para con ella dado que se le “reclaman los gastos médicos por la cirugía, siendo que la misma se generó por la impericia y negligencia” de la médica tratante y señala que “este reclamo así mismo agrava mi estado depresivo atento a que no cuento con los medios económicos y se me hace cargo de la impericia y negligencia de la que fui víctima”.

La respuesta de la Municipalidad.

La Subsecretaría de Asuntos Legales del Municipio, a cargo del doctor Marcelo Fabbi, se presentó en tiempo y forma en la causa: rechazó todo el relato de la demanda y brindó una versión totalmente contraria.

Para la Municipalidad en la demanda existe “un análisis parcial y equivocado de los hechos” y en ese marco niegan todos y cada uno de los puntos.

Si bien reconocen que la médica demandada colocó el DIU a la demandante remarcan que en la historia clínica queda absolutamente claro que, “se explica colocación, efectos adversos y complicaciones, así como controles posteriores”. Se deja claro que hay un consentimiento verbal de parte de la paciente devenida en demandante.

Dice la respuesta de la comuna, que luego de estudios en el Hospital, “se detectó DIU colocado en cavidad pelviana por fuera del fondo uterino, sin perjuicio de lo cual la paciente ingresó sin referir antecedentes personales de importancia, normotensa (tensión sanguínea normal), afebril (sin fiebre), con abdomen blando, depresible e indoloro y sin pérdidas por genitales externos”.

La Municipalidad asegura que la cirugía que fue sometida la paciente se realizó “con total normalidad” y para eso se pone a disposición la foja quirúrgica dado que agregan que, “se encontraba en buen estado general, sin dolor, con orina clara por sonda vesical. En este estado fue trasladado al sector de maternidad para transcurrir el post operatorio. Se indican la aplicación de antibióticos, y se envía el DIU extraído para cultivo”

Desde el Municipio, de manera detallada, se sostiene que en todos los estudios postoperatorios los valores que se analizan estaban normales e indicaban un postoperatorio esperable.

Por eso el Municipio asegura que “resulta evidente que la intervención de la profesional médica dependiente del Municipio, fue en todo momento llevada a cabo con la debida diligencia que la lex artis exige”. Así las cosas el Municipio rechaza totalmente la responsabilidad y remarca, “inexistencia de antijuridicidad en la actuación de la profesional médica, por no haber incumplido con el protocolo de colocación de DIU; Inexistencia de nexo causal entre la acción u omisión que se le imputa a mi mandante y el daño presuntamente ocurrido a la actora, toda vez que, de existir esos daños se debieron a factores ajenos a la actuación de los dependientes del Municipio, esto es por el propio hecho de la damnificada

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