«El municipio se ve obligado a cumplir una norma que ha sido cuestionada y declarada inconstitucional»


Este lunes los abogados del vecino que, por un recurso de amparo, logró que el Municipio de Olavarría le renueve la licencia de conducir dejaron sentada su postura ante En Línea Noticias.

Los dichos se corresponden a los doctores Carlos Aguilera y Mariana Catanzaro quienes explicaron en qué consistió el planteo y como terminó resolviendo la Justicia.

Dijeron que el vecino que logró la cautelar, se enteró de que se «le imputa» la comisión de tres supuestas infracciones de tránsito cometidas en CABA. Todo se lo enteró en momento de renovar sus licencia.

«Las alternativas parecían ser pagar las multas de tránsito o resignarse a no renovar la licencia de conducir. Ningún reclamo telefónico con la oficina de transito de CABA resultó provechoso y el Municipio de Olavarría no tuvo más chance que ajustarse a la manda del Decreto Reglamentario N° 532/09 que dice: “ART 10. Requisitos… 3) Tener libre deuda de infracciones de tránsito”, dicen los abogados coincidiendo con lo dicho por el Director de Licencias de Conducir, también a En Línea Noticias.

Fue así que dicen los abogados, «como existía otra oportunidad de que se revea la cuestión fue promovida una acción de Amparo con el correspondiente planteo de inconstitucionalidad de la norma citada».

El Dr. Carlos Aguilera señaló que, «el requisito de tener libre deuda no se condice con la finalidad de la normativa de tránsito y seguridad vial, sino que tiene fines recaudatorios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Son cuestiones que transitan por andariveles paralelos entre los que no resulta posible reconocer punto de conexión alguno».

Dicen los abogados que, «el pago de las multas por las infracciones cometidas por quien (supuestamente) ha obrado con imprudencia en la conducción de un vehículo, no se torna por sí solo en un juicioso o hábil conductor y, mucho menos, garantiza un incremento en la seguridad vial. Por otra parte, el Estado cuenta con los mecanismos legales para cobrar las multas de los infractores (Por ejemplo juicio de apremio).«

Cierran, «el municipio de Olavarría se ve obligado a cumplir una norma que ha sido cuestionada y declarada inconstitucional en algunas oportunidades ya que los sistemas obligan a expedir la licencia sólo si el Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito informa que el requirente se encuentra sin deudas.
Al día de hoy, la cuestión principal sigue el trámite judicial en la cámara de apelaciones correspondiente, sin embargo la Justicia ha ordenado que cautelarmente, ante el inminente vencimiento de la licencia de conducir, el administrado tenga renovado su permiso»

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