«Operativo Darth Vader»:El único detenido quedó en libertad

Un juez Federal decretó la nulidad del procedimiento por el que había un detenido que llevaba junto a otro sujeto noventa y dos pastillas de éxtasis halladas en el interior de un estuche para anteojos.

Con información de Fabian Sotes / Diario El Tiempo de Azul

El procedimiento por drogas que policías de Vial Azul realizaron el pasado 12 de abril, cuando dos jóvenes fueron aprehendidos después de que en el utilitario en el que viajaban se secuestraran más de noventa pastillas de éxtasis, algo de cocaína y marihuana, quedó en la nada.

Luego de que, declinación mediante de la justicia ordinaria, la competencia en la causa penal que se había iniciado fuera aceptada en uno de los juzgados federales con asiento en esta ciudad, el magistrado Martín Bava decretó la invalidez de ese procedimiento llevado a cabo sobre la Ruta Nacional número 3, en jurisdicción de Azul.

Según el Juez Federal sostuvo en lo dispuesto, “atento a las serias irregularidades detectadas debe decretarse la nulidad del procedimiento, no pudiendo continuar el proceso iniciado”.

En consecuencia, el único joven que estaba detenido y figuraba como coimputado en esa investigación penal recuperó la libertad.

El otro -tal lo que ya informara EL TIEMPO- había sido liberado días atrás, después de que una jueza de Garantías que en principio intervino en ese expediente le otorgara una “excarcelación extraordinaria” por cuestiones de salud, ya que estaba siendo sometido a un tratamiento médico luego de que en febrero pasado le donó un riñón a su madre.

“No hay mérito para decretar el sobreseimiento ni tampoco para procesar” -se mencionó desde la Justicia Federal en lo dispuesto- a ese joven que ahora nuevamente está en libertad.

Se trata de quien conducía el rodado interceptado aquel viernes sobre la Ruta 3, en cercanías a la 60. Un Citröen Berlingo en cuyo interior los policías hallaron la droga.

Llamado Nicolás Ezequiel Ibáñez Córdoba, un DJ de 28 años de edad oriundo y domiciliado en La Plata, tras lo dispuesto en el Juzgado Federal número 1 con asiento en Azul, “sin perjuicio de la prosecución de la presente investigación” recuperó la libertad desde la Alcaidía de la Unidad 38, el establecimiento penal de la localidad olavarriense de Sierra Chica donde estuvo detenido.

Ibáñez Córdoba había sido arrestado junto a un militar de la Armada Argentina, que también tiene 28 años de edad y vive en la localidad platense de City Bell, llamado Nicolás Castillo, a quien días después le fue otorgada esa ya referida “excarcelación extraordinaria”.

Cuando aquel procedimiento se realizó, ambos viajaban a Bahía Blanca, a pasar música a una fiesta electrónica. Y llevaban esa droga que la Policía incautó, en el marco de un procedimiento que -a decir ahora del Juez Federal con asiento en Azul que terminó interviniendo en esta causa- estuvo cargado de irregularidades que “fulmina con nulidad absoluta” la validez de esas actuaciones a través de las cuales los dos, en un principio, habían sido acusados de una infracción a la Ley de Estupefacientes.

Antecedentes del caso

Aquel procedimiento antidrogas, realizado en horas de la tarde del ya mencionado 12 de abril pasado, fue denominado con el nombre de “Operativo Darth Vader”.

Fue llamado así debido a que las noventa y dos pastillas de éxtasis halladas en el interior de un estuche para anteojos -dentro de una mochila propiedad de uno de los jóvenes que viajaba en el utilitario- estaban diseñadas con la fisonomía del villano principal de “La Guerra de las Galaxias”, la película de George Lucas.

Alrededor de la hora 18.30 de aquel viernes, policías de Vial que realizaban un procedimiento de control vehicular sobre la Ruta 3, en cercanías al cruce con la 60, habían interceptado la Citröen Berlingo en la que ambos jóvenes platenses iban a Bahía Blanca, a esa fiesta electrónica a la que habían sido contratados para pasar música.

Luego de que los ocupantes del rodado fueron identificados se llevó a cabo la requisa del vehículo, en cuyo interior se encontraron las pastillas de éxtasis. También, algo de cocaína, marihuana y porros “semicombustionados”, según lo que se informara en ese entonces con relación al procedimiento.

El hallazgo de la droga se tradujo en el inicio de un sumario penal por una infracción a la Ley de Estupefacientes. Y aquella tarde Ibáñez Córdoba y Castillo quedaron aprehendidos.

En un principio fue la justicia ordinaria la que tomó intervención en la causa penal que se inició. Un sumario que comenzó a sustanciarse desde la UFI 22, la Fiscalía que en los Tribunales de Azul está a cargo de Lucas Moyano.

Al día siguiente de que ambos jóvenes resultaran arrestados, fueron trasladados a Tribunales para ser indagados.

En aquella ocasión, contando con el patrocinio del abogado Ulises Urquiza, sólo uno de los planteses declaró: Castillo.

En su relato ante el Fiscal, señaló que las pastillas de éxtasis eran suyas y que Ibáñez Córdoba ignoraba que él las tenía. También dijo que días antes, tras pagar 18.000 pesos, se las había comprado a un sujeto en un barrio de la Capital Federal y que las llevaba a la fiesta no para vender, sino para consumir con amigos.

En esas indagatorias, desde la justicia ordinaria ambos jóvenes fueron acusados del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Y cuando el fiscal Moyano solicitó a la magistrada Magdalena Forbes, titular del Juzgado de Garantías número 1 departamental, que las aprehensiones de los platenses fueran convertidas en detenciones, dadas las características que había tenido el procedimiento también presentó un pedido de declinación de competencia en la causa, para que ese expediente penal que se había iniciado continuara instruyéndose a través de la justicia federal.

Forbes les dictó las detenciones a los jóvenes. Y también dio lugar a ese pedido de declinación de la competencia en la causa de la justicia ordinaria, ante la presunción de que ese delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización pudiera ser considerado desde la órbita de la justicia federal como el de transporte de estupefacientes.

Aquella resolución tenía fecha del 14 de abril pasado. Y en la previa a que desde uno de los juzgados federales con asiento en Azul la competencia en la causa fuera aceptada -algo que ocurrió el 25 de abril- también la magistrada a cargo de Garantías 1 le otorgó la “excarcelación extraordinaria” a Castillo, teniendo en cuenta ese tratamiento médico al que estaba siendo sometido después de que en febrero pasado le donara un riñón a su mamá.

Un enfoque distinto

Una vez que la causa fue remitida al Juzgado Federal número 1 con sede en esta ciudad al ser aceptada la competencia, Ibáñez Córdoba -el único detenido que seguía teniendo este sumario penal- fue citado a indagatoria y declaró.

Después se conoció esa resolución del juez Martín Bava, quien -a diferencia de lo sostenido desde la justicia ordinaria- declaró nulo el procedimiento que había derivado en las aprehensiones de ambos jóvenes, dejando así sin efecto la continuidad de la tramitación de ese expediente que comenzara a sustanciarse desde una de las fiscalías pertenecientes a la justicia ordinaria y con asiento en los Tribunales de Azul.

Esas irregularidades a las que el juez Bava aludió surgieron -a su criterio- del análisis de las circunstancias relacionadas con el operativo vehicular que los policías de Vial realizaban el día en que los platenses fueron arrestados. También, con la requisa que los efectivos de seguridad llevaron a cabo cuando fue hallada e incautada la droga en ese utilitario en el que ambos jóvenes viajaban.

“Atento a las serias irregularidades detectadas debe decretarse la nulidad del procedimiento, no pudiendo continuar el proceso iniciado”, señaló el magistrado que de manera interina está a cargo desde hace varios años del Juzgado Federal en lo Penal con sede en la calle De Paula de esta ciudad.

“Del acta de procedimiento ni de las declaraciones testimoniales prestadas por el personal actuante surgen elementos suficientes o razonables para inferir la participación de los imputados en un delito y que tal circunstancia habilitare el actuar de los efectivos para realizar la requisa vehicular”, escribió también el Juez Federal en lo dispuesto, una resolución que de manera completa puede leerse en el archivo adjuntado al pie de esta nota.

Desde el punto de vista del magistrado Bava, y a diferencia de lo sostenido en primera y segunda instancia por diferentes jueces de la justicia provincial, aquella requisa del utilitario y de las pertenencias de ambos jóvenes “implicó una restricción ilegítima a la libertad ambulatoria, a la privacidad de los imputados y a la propiedad, por lo que debo declarar nulo el procedimiento y todo lo actuado en su consecuencia”.

“Tal proceder -agregó- es francamente violatorio de los derechos y garantías protegidos por la Constitución Nacional y de las normas procesales citadas que regulan el secuestro”.

Algo a lo que definió como un “vicio procesal”, de esos que el Código “fulmina con nulidad absoluta” y que, en consecuencia, hacen caer la validez de cualquier procedimiento.

“La actuación prematura de los funcionarios judiciales del Ministerio Público de la Provincia y del Poder Judicial de ese fuero, en un hecho que palmariamente correspondía a éste fuero de excepción intervenir, y su publicidad inmediata a la opinión pública, obstruyó la realización de medidas urgentes a los fines de que el Juez Natural -conforme las características de los acontecimientos- pudiera ahondar en la investigación”, agregó Bava en otro párrafo de la resolución en la que, además de decretar la nulidad del procedimiento, terminó ordenando la libertad del único detenido que tenía esta causa penal, surgida de un procedimiento que ahora ha quedado en la nada.

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