Un penitenciario olavarriense fue absuelto en un juicio oral: lo acusaban de “coacción”

La misma judicial fue adoptada para con otro oriundo de General Alvear.


Acusados del delito de “coacción”, por un hecho que se les atribuía como cometido mientras desempeñaban funciones en la Unidad 30 de General Alvear, dos penitenciarios terminaron siendo absueltos durante un juicio oral al que fueron sometidos en el Palacio de Justicia de Azul.

El episodio convertido en materia de este proceso databa del 10 de diciembre de 2013 y tenía como supuestas víctimas a dos agentes que en aquel entonces, al igual que los imputados, desarrollaban tareas en el referido penal.

Juan Pablo Beolchi, oriundo de Mercedes, de 48 años y con actual domicilio en General Alvear, se llama uno de los penitenciarios absueltos. El otro fue identificado por voceros judiciales como Juan Patricio Echeverría. De 44 años de edad, que vive en Olavarría.

En el transcurso de lo que fue este debate, desde la Acusación se refería que ese ya referido 10 de diciembre de 2013 Beolchi, que era subdirector de Asistencia y Tratamiento, y Echevarría, el jefe de la Sección Vigilancia y Tratamiento, obligaron a los dos guardias que figuraban como víctimas en esta investigación penal -cuando ambos eran “encargados de Turno de la Unidad 30 de General Alvear”- a que firmaran un informe donde se relataba de manera diferente lo sucedido aquel día con un interno que había querido suicidarse y posteriormente, según se afirmaba también, fue golpeado por otros agentes del SPB.

Desde la imputación -representada en este debate por el fiscal Cristian Citterio- se sostenía que Beolchi y Echeverría, durante aquella situación que finalmente no quedó probada que así sucediera, les decían a los agentes y supuestas víctimas de este hecho de “coacción” que se “perderían ascensos” e iban a ser “trasladados” a otras unidades penales si no acataban lo que ambos les ordenaban.

Los guardias que figuraban como damnificados en esta causa declararon durante el debate realizado en el Juzgado Correccional 1 local. Y lo hicieron también los penitenciarios acusados y, en esta primera instancia, absueltos.

El juez Aníbal Álvarez escribió en el fallo que “un estado de duda -surgido de versiones contrapuestas entre los denunciantes y los encausados con relación a lo sucedido y de más pruebas traídas al debate- no permite determinar cuál de las hipótesis anteriormente planteadas se corresponden con lo efectivamente acontecido”. Y ante tal circunstancia, el magistrado a cargo del Juzgado Correccional 1 se pronunció a favor de absolver a los penitenciarios.

En ese proceso Beolchi estuvo representado por el abogado Héctor Eduardo Flores y el letrado azuleño Gustavo Torchia se desempeñó como defensor Particular de Echeverría.

El hecho tratado en este juicio había sido una derivación de lo que en horas de la mañana de aquel 10 de diciembre de 2013 sucedió con un interno, que intentó suicidarse en una celda de la Unidad 30 donde por aquel entonces estaba alojado.

Según lo que afirmara ese recluso, se había colgado en busca de que lo trasladaran a otro penal ubicado en una región más cercana a aquella donde reside su familia.

Un juicio al que fueron sometidos los dos guardias que fueron acusados de haber agredido a ese preso luego de que intentara suicidarse -que no son los mismos que después denunciaron a sus superiores Beolchi y Echeverría por este supuesto caso de “coacción”- había derivado en que fueran declarados “no culpables” por un jurado de civiles, que concluyó que ambos “actuaron en legítima defensa propia o de terceros”.

El veredicto absolutorio surgido de ese debate terminó favoreciendo también la situación de los dos penitenciarios acusados y, finalmente, absueltos en este juicio oral.

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