Antena en Nievas: “Sólo quedaría evaluar si la habilitación se ajusta o no las disposiciones de la Ordenanza”

Vecinos y vecinas de Colonia Nievas recibieron una respuesta de la Defensoría del Pueblo de la Provincia. El organismo desligó al gobierno de la provincia de las habilitaciones afirmando que estas están en cabeza de la ENACOM y el Municipio. Desalentaron la acción judicial y desde la Defensoría sostienen que las antenas no representan un riesgo a la salud. Los vecinos siguen esperando que el Municipio cumpla con el compromiso de gestionar la reubicación de la antena.


Este jueves vecinos y vecinas de Colonia Nievas, que aguardan que el Municipio cumpla con el compromiso asumido y retire la antena de telefonía instalada en la localidad a metros de la Iglesia recibieron este jueves una respuesta de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires luego de haber realizado una presentación al respecto.

En lo que hace al reclamo de los vecinos y vecinas de la localidad en la Defensoría del Pueblo tramita bajo un expediente que lleva el número 153.886/21.

Allí se detalla que “entre el material reunido en la actuación, surge la preocupación vecinal por la estructura, de gran porte, instalada en Colonia Nievas, Olavarría. Estructura a la cual, con posterioridad, seguramente se colocarán dispositivos radiantes para la red de telefonía móvil”.

La Defensoría le señala a los vecinos que “de la actuación no surge información sobre el titular del predio donde se emplazó la estructura, tampoco la empresa que utilizará los servicios de la antena”.

Luego de esa breve introducción, la Defensoría del Pueblo dice que en el último tiempo han recibido con “frecuencia” reclamos vecinales como el que plantean los vecinos de la localidad de Nievas.

Tras esto empiezan las consideraciones de la Defensoría del Pueblo donde señala que las estructuras como estas “no están prohibidas” sino “reguladas” y agrega “hasta hace poco tiempo la instalación de una antena en la Provincia de Buenos Aires requería de 2 y según el Municipio tres instancias: la habilitación para comunicación de competencia federal, hoy en la órbita del ENACOM, la habilitación de los dispositivos radiantes ante la OPDS, hoy también bajo la órbita de la ENACOM, la habilitación municipal de la estructura de la estructura de la antena, en aquellos municipios con ordenanzas en esa materia. Es el caso de Olavarría”

Luego de un repaso de la normativa vigente, con contundencia la Defensoría del Pueblo de la Provincia dice que “actualmente la Provincia no interviene en la habilitación de dispositivos radiantes de antenas o en el control de sus emisiones”.

Luego la Defensoría analiza las Ordenanzas Municipales vigentes, en el caso Olavarría, señalando que la “misma debió ser habilitada por el Municipio de Olavarría” y sostienen en la respuesta que “sólo quedaría evaluar si la habilitación se ajusta o no las disposiciones de la Ordenanza”.

Dice la Defensoría abriendo una futura puerta de discusión “en caso de no ajustarse a la Ordenanza, podría cuestionarse el acto administrativo del Departamento Ejecutivo Municipal”. De todas maneras, aclara prácticamente lo obvio al decir que si la estructura se instaló sin habilitación “estaría en infracción”.

Vale mencionar que el Municipio le reconoció a los vecinos y vecinas de Colonia Nievas que el Departamento Ejecutivo había habilitado la mole que se erigió a metros de la Iglesia declarada patrimonio histórico municipal.

Por otro lado la Defensoría del Pueblo, teniendo en cuenta la presentación vecinal, desalienta la acción judicial vía el instituto del amparo. “Este tipo de acción judicial inicialmente estaría vinculada a la existencia de un daño, un peligro inminente. Esta situación, incluso funcionando los dispositivos, desde el punto de vista científico no se verifica”.

La nota de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires lleva la firma de Hugo Velda quien concluye afirmando “no hay fundamentos técnicos para afirmar que por el sólo hecho de funcionar los dispositivos radiantes de una antena generen daño a la población. De acuerdo a lo indicado, por los organismos citados, ocurre lo contrario no lo generan”.

La respuesta completa de la Defensoría

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