Cesión de terrenos privados en Espigas: Se conoció el decreto de remoción de Luis Mansur como Delegado


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El Municipio de Olavarría continúa llevando adelante acciones administrativas tras detectarse que el exdelegado municipal de Espigas Luis Mansur fue intermediario de cesiones de terrenos de una empresa privada a vecinos de esa localidad.

En el inicio de esta semana, el Municipio dispuso el desplazamiento de Mansur de la titularidad de la delegación y ahora se conoció el contenido del Decreto N° 2784 que hace oficial la determinación del intendente Municipal, Maximiliano Wesner.

Si bien el Decreto no arroja datos nuevos respecto al tema, del mismo se desprende que fue la Jefatura de Gabinete Municipal la que fue informada sobre las “presuntas conductas desplegadas” por el ex delegado municipal, Luis Mansur.

El decreto confirma además que la información sobre las conductas de Luis Manzur fueron informadas a la Jefatura de Gabinete durante el mes de julio y que para comprobar las mismas fue fundamental la aparición de “comprobantes entregados por el Delegado Municipal, Luis Alberto Mansur que documentan cesiones realizadas sobre los que serían de propiedad privada.”

Entre los fundamentos centrales para la remoción de Mansur, el Municipio destaca que “en los comprobantes que el señor Luis Alberto Mansur entregaba se visualiza el sello institucional de la Delegación, como así también su firma y sello como delegado de la localidad” y al respecto se ratifica que “la cesión de lotes de terceros no es una facultad que se encuentre prevista como una de las competencias propias de los delegados municipales.”

El Municipio en el decreto de remoción de Mansur cita el Art. 15 del Decreto 3290/16, que crea la consulta popular no vinculante para elección de Delegados, y dice que estos serán “alcanzados por las mismas responsabilidades que cualquier funcionario público y, por lo tanto, sujeto a los mecanismos y sanciones establecidas en la Ley Orgánica municipal.”

Así las cosas, el Municipio menciona el artículo 241 de la Ley Orgánica de las Municipalidades que no hace mas que establecer el principio de responsabilidad de los funcionarios municipales por todo acto que autoricen, ejecuten o dejen de ejecutar excediéndose en el uso de sus facultades o infringiendo los deberes que les conciernen en razón de sus cargos-

El decreto de remoción recuerda que el Intendente Municipal está facultado para dejar sin efecto las designaciones de los delegados Municipales “de considerarlo penitente” en este caso el DEM entendió que Luis Alberto Mansur “se ha excedido” en el uso de sus facultades otorgadas por Ley en el cargo.

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