DNU 70/2023: El Estado pide que la cautelar presentada por el CECO salga del Juzgado Federal de Azul


En la sede del Juzgado Federal de Azul continúa tramitando un pedido de inconstitucionalidad del Decreto 70/2023 que fue presentado por el Centro Empleados de Comercios de Olavarría. La demanda fue presentada durante la feria judicial y ahora el Estado Nacional se presentó en el expediente.

En la presentación solicitando la medida cautelar, el Centro de Empleados de Comercio de Olavarría había sostenido que “el art. 73 del DNU 70/2023 al modificar el art. 132, inciso c, de la Ley de Contrato de Trabajo colisiona con el art. 100 del Convenio Colectivo 130/75, quitándole obligatoriedad al aporte del trabajador al exigir que éste preste su conformidad expresa». Según el CECO, y la visión de sus abogados, esto «claramente modifica la letra y el espíritu de la convención colectiva que establece de manera automática el aporte solidario del trabajador”.

Para el CECO, el Estado Nacional al sancionar y poner en vigencia el DNU 70/2023, comete un acto de «indebida intromisión en el patrimonio y en la vida interna del Centro de Empleados de Comercio
de Olavarría, violentando el derecho de propiedad de la entidad sindical en relación a la existencia y funcionamiento misma de la entidad, poniendo en riesgo su subsistencia y la prestación de los numerosos servicios que presta a sus afiliados y a la comunidad en general.”

Desde el CECO, además, se expresa que el Decreto 70/2023 del Estado Nacional, «al modificar el art. 132, inciso c, de la Ley de Contrato de Trabajo ocasiona al Centro de Empleados de Comercio de Olavarría un gravamen personal, concreto, actual y no derivado de su propia actuación».

Este aspecto -sostiene el CECO- es «agravio suficiente» para la intervención judicial.

La respuesta del Estado Nacional.

De acuerdo con lo que aparece en el expediente, en los últimos días se presentó el doctor Enrique Ignacio del Corazón de Jesús Montoya en representación de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano de la Nación.

En un extenso escrito, propio de este tipo de pleitos, el Estado Nacional le solicita a la Justicia Federal que rehace la pretensión cautelar del CECO por «falta de legitimación activa» y de manera subsidiaria solicitan que se rechace toda la acción planteada.

En el planteo, el Estado Nacional sostiene que el Juez Federal de Azul asumió la competencia de la presente causa pero su participación en el proceso «resulta incompetente» para atender en el hecho dado que según el Estado Nacional, «existe ya una autoridad judicial» o «juez natural» para llevar adelante el proceso.

Para el Estado Nacional esta causa debe tramitar en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 2 de CABA.

Precisamente, de manera paralela, el Estado Nacional inició una nueva causa ante el Fuero Contencioso Administrativo Federal para discutir la competencia.

Ahora se espera respuesta de las distintas partes en el proceso para darle continuidad a la demanda.

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