Puente de la Colón: Veinte años después la justicia rechazó una demanda de vecinos

Por unanimidad los integrantes de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial fallaron a favor de la Municipalidad de Olavarría.

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La Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Azul falló en las últimas horas a favor de la Municipalidad de Olavarría en una demanda iniciada por un grupo de vecinos que reclamaban daños por la construcción de la avenida Colón. La sentencia definitiva fue dictada por los jueces Lucrecia Inés Comparato, Dr. Esteban Louge Emiliozzi y Dra. Yamila Carrasco quienes revocaron lo resuelto en una primera instancia.

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En la demanda los vecinos que concurrieron a la Justicia recuerdan que en el mes de mayo de 2000 se inauguró el puente sobre la Avenida Colón cruzando la intersección de dicha avenida con la Avenida Pringles. Sostenían los vecinos que el puente fue realizado a instancia e iniciativa exclusiva de la Municipalidad de Olavarría. Siempre al estar por el texto de la demanda originaria la finalidad de la construcción fue “aparentemente permitir cruzar las vías sobre la playa de maniobras del Ferrocarril (por entonces Roca) evitando las maniobras de trenes propias de la zona.”

En primera instancia el 11 de octubre de 2019 la Justicia había hecho lugar a lo solicitado por los vecinos, aunque en una reciente sentencia la Cámara Departamental revocó lo actuado y desestimó los planteos presentados.

Dicha sentencia fue apelada por la Municipalidad de Olavarría y por eso fue tema de resolución de la Cámara de Alzada Departamental quien finalmente hizo lugar a los argumentos de la comuna local.

Sobre los supuestos daños demandados, la Cámara sostuvo que a los demandantes «sólo los privó de una ventaja que gozaban hasta el momento de construcción de la obra, pero que conforme surge de la prueba producida no llegan a sobrepasar el umbral de la normal tolerancia que debe soportar un particular frente a una obra pública y que beneficia a toda una comunidad».

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«No se advierte que la construcción del Puente sobre la Avenida Colón en la ciudad de Olavarría provocara a los actores –frentistas de dicho puente- daños con un nexo de causalidad adecuada ni que tampoco impliquen un “sacrificio especial” que exceda la normal tolerancia de quienes como vecinos deban soportar en pos de un bienestar general de la comunidad», resumen en sus argumentos la Cámara.

La sentencia fue votada por unanimidad por los tres Magistrados intervinientes.

Los demandantes, más de un vecino, pretendían cobrar en conceptos de daños más de 2 millones de pesos.

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