SE REALIZÓ LA CAPACITACIÓN SOBRE REGULACIÓN DEL TRABAJO DOMÉSTICO

El programa “Empecemos por casa” busca regularizar el trabajo no registrado de trabajadores y trabajadoras de casas particulares y fomentar la valorización social. Hubo dos charlas, una en el SUM de IOMA, y otra en la Biblioteca Gral. Belgrano.

El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires realizó hoy una jornada de capacitación con el objetivo de dar a conocer a la sociedad sobre la importancia del trabajo registrado en el régimen de empleados de casas particulares.

La capacitación contó con dos charlas, que se desarrollaron en el SUM de IOMA, y en la Biblioteca General Belgrano, y estuvo encabezada por Juan Manuel Rodríguez, Director de Relaciones Institucionales de la cartera laboral, quien informó a los presentes sobre los derechos y obligaciones de los empleadores, así como también de los beneficios que obtendrán los trabajadores con la registración.

Del encuentro participaron del delegado Regional del Ministerio en Olavarría, Juan Sánchez, los concejales del Partido Justicialista Guillermo Santellán, Mariano Ferro y Julio Pibuel, junto a la Jefa Regional de IOMA, Giselle Gogorza, el jefe regional de ARBA Sergio Milesi, empleados del IPS, del ministerio y de distintos organismos provinciales.

Durante la jornada, Juan Sánchez destacó la importancia de otorgar un encuadre jurídico a esta relación laboral, y señaló que “es muy importante tomar conciencia que debemos respetar a los trabajadores y hacer cumplir esta ley, por la que tanto se ha luchado desde un sector que fue olvidado mucho tiempo desde la normativa legal”.

“Empecemos por casa” es el programa que incentiva la registración laboral y permite conocer las distintas modalidades que prevé la ley para otorgar derechos a este sector de trabajadores que se encuentra tan postergado.

La ley 26.844 entró en vigencia el 21 de abril de 2013, es de aplicación nacional y comprende las relaciones laborales que se entablen con los empleados y empleadas por el trabajo que presten en las casas particulares o en el ámbito de la vida familiar y que no importe para el empleador lucro o beneficio económico directo, cualquiera fuera la cantidad de horas diarias o jornadas semanales en que los trabajadores sean ocupados para tales labores.

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