Anticipo exclusivo/ La causa penal por las muertes en el recital del Indio en Olavarría llegó a la Corte bonaerense
El máximo tribunal bonaerense analizará una Resolución de la Sala III de la Cámara de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires que confirmó la decisión del Juzgado Correccional de Olavarría que determinó «la extinción de la acción penal» por las muertes en el recital de «La Colmena».

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, en una resolución dictada el martes de esta semana, volvió a dictaminar en torno a la causa penal que se inició como derivación del fatídico recital del Indio Solari en Olavarría.
La resolución dictada por la SCBA fue dictada cuatro días después del día en que se cumplió un nuevo aniversario del show realizado en el por entonces predio rural «La Colmena» que terminó con dos personas fallecidas.
En esa causa penal se buscaba establecer las responsabilidades de los productores Gustavo Eduardo Zurita y los hermanos Marcos Estanislao y Matías Iván Peuscovich en la organización del histórico show y las consecuencias que tuvo.

Es importante recordad que en febrero de 2022 debía comenzar el juicio oral contra los productores del recital, quienes estaban acusados por «homicidio culposo y lesiones culposas». Eso no sucedió dado que, en 2021, el Juzgado Correccional N° 1 de Olavarría a cargo de la doctora Cecilia Desiata, tras un acuerdo de las partes con un resarcimiento económico, dispuso la «extinción de la acción penal».
El 26 de agosto de 2022, la Cámara de Apelaciones y Garantías de Azul, haciendo lugar a un pedido del Ministerio Público, revocó lo resuelto en Olavarría por la doctora Desiata respecto de la extinción de la acción penal y devolvió la causa al Correccional de nuestra ciudad.
Frente a la decisión de la Cámara Departamental, los hermanos Peuscovich apelaron ante el Tribunal de Casación Penal con el objetivo de que este órgano fallara como Desiata y retomara la «extinción de la acción penal» que había avalado la Justicia Correccional.
Fue así que el 18 de mayo de 2023, la Sala III del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires confirmó lo resuelto por Desiata y, de esa manera, quedo ratificada la “extinción de la acción penal”.
LA DECISIÓN DE LA SCBA

La resolución que dictó la SCBA esta semana, a la que accedió En Línea Noticias, es consecuencia de un recurso de queja contra el fallo de Casación que presentó la fiscal interina Dra. María Laura D´Gregorio.
La Fiscal solicitó, primero, en Casación que sea revisada la resolución y no logró resultado favorable de manera tal que llegó a la SCBA. En este sentido, es importante señalar que más allá de las cuestiones meramente técnicas de la vía recursiva, lo que sucedió es que en las últimas horas la SCBA aceptó que se eleven las actuaciones y deja abierta la posibilidad de analizar en el máximo tribunal la resolución que benefició a los productores del show.
Ahora, cuando las actuaciones estén en la SCBA, el máximo tribunal analizará los argumentos de la Fiscal para tratar la Resolución de Casación y si el mismo está bien resuelto.
De prosperar el pedido de la Fiscal y sus planteos son aceptados por la SCBA, la Corte dejará “abierta la jurisdicción” para tratar la cuestión de fondo, es decir, si la acción penal está o no extinguida.
Para lograr este aval de la SCBA, la Fiscal denunció que la Casación – al confirmar el fallo de Desiata- había caído en “arbitrariedad por fundamentación aparente” y además sea había apartado de la doctrina de la Suprema Corte y de la Corte Suprema de la Nación.
Entre otros tantos argumentos, para la Fiscal, la Casación actuó con una “interpretación desordenada, ineficaz e injusta” al pretender aplicar en este caso concreto donde se habla de homicidio culposo “la causa de extinción de la acción penal por reparación integral” dado que esto significa “desconocer que la titularidad de la acción en estos supuestos (homicidio culposo) se encuentra en cabeza del Ministerio Público Fiscal.”
Durante el recital del Indio en nuestra ciudad murieron Juan Francisco Bulacio y Javier Fernando León y en la causa penal figuran como heridos Marcelo Daniel Furchini, Gonzalo Raúl Acuña, Florencia Montaño Oliver, Gonzalo Ismael Scifo, Alexis Alfredo Arbeloa, Cristina Noemí Sánchez, Walter Bru y Alexis Avillano.
LAS IMPLICANCIAS POLÍTICAS DEL RECITAL

El recital del Indio en Olavarría tuvo fuertes implicancias políticas en Olavarría. Más allá de lo que esta semana resolvió la SCBA, tanto en la previa, el durante y el después del show la por entonces administración municipal de Ezequiel Galli (2015-2023) garante central de la concreción.
Horas antes del show, y sin si quiera imaginar lo que iba a suceder, el exintendente Ezequiel Galli daba declaraciones a gran parte de los medios nacionales. Algunas de esas declaraciones, además, eran recogidas por el área de prensa del Municipio.
En esa gacetilla de prensa, publicada en la víspera del show, Galli decía: «Estaba Marcos Peuscovich de la productora por el recital de No Te Va Gustar y tuvimos una charla por cuestiones organizativas. Ahí me entero que producían al Indio y le hago la invitación formal para que vengan a Olavarría y poner a disposición nuestra ciudad como Intendente.»
Pero a eso, el entonces Intendente le agregó: “siempre estuve convencido. Si se pudo hacer en Gualeguaychú, Junín, Mendoza y Tandil, que está acá cerca, no tuve ninguna duda de que Olavarría estaba en condiciones de ser anfitrión de este espectáculo.»

Desde el primer momento, Ezequiel Galli daba cuenta de la magnitud de evento teniendo en cuenta la cantidad de asistentes, de hecho él decía: «en Olavarría hay 120 mil habitantes, según el último censo habla de 111.000 data del 2010. Vamos a tener más de una ciudad acá en Olavarría.»
Efectivamente esa marea de gente sucedió y Olavarría colapsó.
Las consecuencias políticas para Galli fueron importantes dado que fue interpelado por el Concejo Deliberante de Olavarría a menos de dos años de haber asumido como Intendente convirtiendo esa situación en un hecho inédito.