Anticipo/ Negaron la prisión domiciliaria de la ex penitenciaria condenada por el brutal crimen del ferroviario olavarriense Alberto Castro


De manera unánime, la Cámara Penal Departamental con asiento en la ciudad de Azul resolvió este martes rechazar la prisión domiciliaria que viene solicitando Mirta Celia Gómez, la mujer condenada por el brutal crimen del ferroviario olavarriense Alberto Enrique Castro.

El brutal crimen -que primero se quiso instalar como un hecho de inseguridad – se produjo el 9 de febrero de 2010 en una vivienda de Pringles 2387 donde Alberto Enrique Castro vivía con Mirta Celia Gómez.

En el año 2012 – dos años después del crimen- el Tribunal Oral en la Criminal Nº 2 de Azul condenó a Claudia Noemí Baldini y Mirta Celia Gómez a la pena de prisión perpetua por la muerte de Castro. En aquel momento el TOC N° 2 de Azul ordenó la inmediata detención de la viuda dado que había llegado a juicio en libertad.

Tal como quedó demostrado en el juicio, aquella noche del 9 de febrero de 2010, Claudia Noemí Baldini llegó a la vivienda donde vivían Castro y Gómez y allí, para la justicia ambas, perpetraron el crimen.

El fallo de aquellos años reseña: “Ciertamente el móvil no se ha acreditado. No se ha probado la existencia de ninguna promesa o pago pecuniario por parte de Gómez, ni una enemistad con el señor Castro, ni una amistad tan poderosa como para querer realizar el hecho como un favor especial para con su amiga Gómez. Pero que el móvil no se haya podido probar, no significa que no haya existido. Habiéndose acreditado la comisión misma del hecho por parte de Baldini, la cuestión del móvil pasa a ser un elemento más que sólo vendría a saciar nuestra natural curiosidad.”

Baldini fue condenada como coautora del crimen y la viuda del ferroviario fue condenada bajo la figura de partícipe necesario.

Para esta condena fue vital la instrucción de la causa que corrió en manos de la agente fiscal María Viviana Beytia, por aquellos años fiscal de la UFI N° 10.

Antes de ser condenada por el asesinato del ferroviario, Baldini, de 46 años, era una ex convicta que cumplió condena por homicidio en la Unidad Penal Nº 52 de Azul hasta su salida en libertad condicional en abril de 2006. S

Según el testimonio de varios agentes, era una presa de conducta ejemplar, con permiso para moverse por el penal sin custodia y estudiar la carrera de Derecho. Además, era amiga de Gómez, una guardia cárcel que, se supo durante el juicio, le suministraba desde alimentos y cigarrillos hasta tintura para el pelo. Incluso, le alargaba las visitas para que pudiera disfrutar más de su hijo Kevin.

Aunque la fiscalía no lo pudo probar, se cree que a la penitenciaria le interesaban los conocimientos sobre leyes de Baldini. Por eso tantas veces le preguntaba sobre el reparto de bienes luego de una separación o, como era su caso, los alcances de la herencia después de 20 años de casada.

Porque Castro no tenía descendientes directos; sólo las dos hijas de Gómez que crió como propias. Baldini también era confidente de las aventuras sexuales de su celadora junto al amante y del desprecio que sentía por el marido.


Pero las amigas no supieron tomar distancia a tiempo. Los investigadores del homicidio de Castro probaron que entre las 21 y las 23 del 9 de febrero de 2010, es decir media hora antes del crimen, ambas intercambiaron 19 mensajes de textos. Las pericias también  demostraron que el teléfono celular que utilizaba Baldini estuvo en Olavarría antes y después del hecho y que recién a la mañana siguiente se activó en Florencio Varela, desmintiendo su coartada de que nunca se movió de Buenos Aires.
Gómez, de 50 años, fue detenida el 27 de diciembre de 2010 en una casa del barrio San Vicente de Olavarría mientras cuidaba a su nieta.

En un operativo simultáneo, Baldini fue apresada en La Tablada. La mujer llevaba una pistola calibre 40 cargada y documentos con una identidad falsa.


Sobre Gómez y la versión que entregó a la policía, el fallo del tribunal que la condenó explicó que “sus palabras, más que un desconocimiento, demostraron una perversa y fingida actuación, propia de alguien poseedora de una personalidad macabra”.

No a la domiciliaria

Este martes la Cámara Penal le dijo no a la prisión domiciliaria que solicitó Mirta Celia Gómez que en la actualidad tiene 69 años.

Gómez cuenta con el patrocinio letrado de una Defensa Oficial de Olavarría que para pedir la prisión domiciliaria sostuvo que la penada se encuentra en una «situación excepcional» que permitiría la morigeración de la prisión en favor de la reinserción en la vida social.

La defensa de Gómez mencionó que existe una persona que estaría dando garantías de que Gómez siga cumpliendo su condena en su domicilio.

El Juez Echevarria – el primero en votar para tomar esta decisión – señaló este martes:  «se advierte que aun cuando Gómez lleva privada de libertad poco más de 13 años (desde el 26/06/2012), lo cierto es que a quien nos ocupa aún le resta cumplir un prolongado tiempo en prisión en virtud de la gravedad del hecho y de la sanción impuesta, lo que permite afirmar que dicho remanente de pena aún resulta de una magnitud tal que hace necesario mantener la medida de coerción más gravosa.»

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