Informe En Línea: Jueces de Azul ratifican la prohibición de ingreso de nuevos presos y la reducción de uso de celulares en un sector de la cárcel Barker

Dos Resoluciones de la Cámara de Apelaciones de Azul determina pautas en dos expedientes judiciales .


En dos resoluciones firmadas el viernes de la semana pasada, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Azul ha fijado distintas acciones respecto de la Unidad Penal perteneciente al Servicio Penitenciario Bonaerense que está ubicada en la localidad de Barker, partido de Benito Juarez.

Las resoluciones respecto de la Unidad Penal N° 37 de Barker llevan la firma de los jueces Gustavo Agustín Echevarría, Damián Pedro Cini y Carlos Paulino Pagliere (h).

Limitación de uso de celulares
El Juez Pagliere uno de los que firma la resolución

La primera de las resoluciones guarda mucha relación con recientes declaraciones vertidas por uno de los jueces de la Cámara. Días atrás el doctor Carlos Paulino Pagliere había manifestado que las cárceles se «habían convertido en call center de delitos». Ahora la Cámara difundió una Resolución que habla de la limitación del uso de teléfonos por parte de personas detenidas en un sector de la cárcel de Barker.

En concreto – dice la Resolución – el uso de celular dentro de dicha cárcel queda limitado a una hora por la mañana y una hora por la tarde.

Hay que mencionar que en esta Resolución, la Cámara Penal confirma lo que ya había resuelto en primera instancia la Jueza titular del Juzgado de Ejecución Nº2 con sede en General Alvear, doctora Adriana Raquel Bianco. Esta Magistrada de la primera instancia, en diciembre del año pasado, resolvió no innovar respecto de la decisión administrativa de limitar el uso de teléfono celular para las personas detenidas
alojadas en el SAC de la Unidad Nro. 37 de Barker.

A raíz de esa decisión hubo una apelación que presentó la doctora Carolina Villanueva, secretaria de la Defensoría de Azul, por indicación del Dr. Diego Lucas Fernández, Defensor Oficial Departamental.

Frente a esta apelación la que tomó una determinación fue la Cámara Penal que, como se adelantó, confirmó la resolución de la Jueza de Ejecución.

Fue el doctor Carlos Paulino Pagliere el primero de los jueces en votar y al fundamentar el motivo de por qué limitar el uso de los celulares señaló que, «se observa que el derecho a la comunicación se encuentra asegurado» dado que «no se ha vedado la utilización del teléfono celular a los internos alojados en el SAC y Admisión de la Unidad N°37 de Barker, sino que se ha restringido su uso mediante el empleo del mismo durante una hora a la mañana y una hora a la tarde.»

Para el Juez Pagliere, «el servicio penitenciario tiene la facultad de restringir el uso diario del celular a dos horas, habida cuenta que lo hace en el sector SAC y Admisión, y dadas las características, funciones y limitaciones de dicho sector, más que el lapso de permanencia en el mismo es reducido; con lo cual una vez que finaliza el tiempo de alojamiento, el interno recupera el uso del mismo en todo momento.» De esta manera el Magistrado sostiene que se cumple con el Protocolo Para el Uso de Teléfonos Celulares de las Personas Privadas de Libertad en el Ámbito del Servicio Penitenciario Bonaerense.

«Considero que la limitación a dos horas diarias al uso de teléfono celular luce razonable y proporcional, sin dejar de garantizar el derecho a la comunicación y el mantenimiento de vínculos con la familia de los internos alojados en el área de separación de convivencia de la Unidad Penitenciaria N°37 de Barker», concluye el Magistrado que – a la hora de la votación – logra el acuerdo de sus dos otros compañeros Jueces.

No al ingreso de presos
El Juez Echevarria integrante de la Cámara Penal de Azul – Foto: Archivo

La resolución sobre la limitación del uso de teléfonos celulares no fue la única que dictó la Cámara Penal en las últimas horas dado que – también el pasado viernes – confirmó 7 la prohibición de ingreso de nuevas personas privadas de libertad en la Unidad 37 de Barker.

La prohibición de ingreso de nuevos privados de la libertad a esa cárcel había sido también una decisión tomada por la Jueza titular del Juzgado de Ejecución Penal N°2 de General Alvear, Dra. Adriana Raquel
Bianco.

La decisión de la Jueza Bianco fue apelada y por esa razón fue que tomó intervención la Cámara Penal de Azul.

Este tema no es nuevo para la Cámara Penal dado que ya había resuelto hace un año en el mismo sentido, de esta forma para mantener la prohibición de nuevos presos los Jueces usan los fundamentos ya utilizados en anteriores apelaciones y ratifican que las autoridades penitenciarias no permitirán el ingreso de nuevos presos a esta cárcel, excepto, personas detenidas a disposición de jueces de este departamento judicial u oriundas de localidades comprendidas en el Dpto. Judicial de Azul. Además se le pide a las autoridades penitenciarias que procedan a adecuar en forma progresiva la ocupación de la cárcel al cupo fijado judicialmente.

Dice la Cámara Penal que la decisión de la Jueza Bianco en cuanto a la prohibición de nuevos ingresos a la Unidad Penitenciaria N°37 de Barker, tiene como fundamento el no acatamiento de resoluciones judiciales anteriores que dispusieron un cupo en las Unidades Penitenciares.

«La Magistrada no ha hecho más que proceder al dictado de resoluciones tendientes a hacer cumplir decisiones que tienen el efecto de la cosa juzgada, intentando garantizar derechos supralegales de los internos que necesitan una pronta respuesta», dice la Cámara ratificando lo actuado por la Jueza de Ejecución Penal.

La Cámara Penal le indica al SPB que «se hace necesario» que se adopten medidas «concretas y urgentes» con el objetivo de «garantizar los derechos constitucionales afectados de las personas prisionizadas.»

Vale mencionar que esta medida de prohibición de ingresos fue encomendada también a directores de de las Unidades N° 30 de General Alvear, N° 7 de Azul, N° 17 de Urdampilleta y N° 2 de Sierra Chica. A estos, como ahora pasa con Barker, se les exige que «respeten el cupo poblacional fijado judicialmente en dichas unidades y la resolución de la suscripta (la jueza Bianco) por la cual se prohibió el alojamiento de más personas, hasta tanto se ajuste la cantidad de personas alojadas a la capacidad de alojamiento de las Unidades.»

La Cámara remarca un dato más que interesante cuando dice que «cada establecimiento penitenciario tiene límites físicos y funcionales dados, en primer lugar, por sus instalaciones (edificios en los que se alojan los detenidos, escuelas, talleres, espacios de esparcimiento, oficinas de personal, etc.) y, en segundo lugar, por la cantidad de agentes del servicio penitenciario encargados de la custodia y tratamiento de las personas privadas de su libertad.» Y respecto de los cupos de presos dicen los jueces que se hace «patente al advertir que el lugar de alojamiento de las personas detenidas, opera no sólo como continente físico, sino también como el universo donde estas personas han de vivir por determinada cantidad de tiempo y en el cual debe instrumentarse la resocialización que la norma de ejecución penal pretende como objetivo de la prisión.»

Para los Jueces de la Cámara los cupos que se fijan determinan «el máximo de capacidad de una Unidad para la detención en condiciones dignas y humanitarias de personas privadas de su libertad y, por lo tanto, la incorporación de más detenidos, necesariamente juega en detrimento no sólo de la población
estable, sino de la que se pretende alojar allí.»

«El agravamiento de las condiciones de encierro se va evidenciando en todos los órdenes de la vida, conspirando contra los objetivos constitucionales de la pena»

La Cámara deja en claro un aspecto fundamental sobre la actualidad del sistema carcelario bonaerense cuando dice, «compete al Poder Judicial el control de las condiciones de privación de libertad de los individuos, quienes, tal como lo sostiene la Constitución, tienen el mismo derecho a la protección de su dignidad que quienes no se encuentran en su misma condición, pues, no olvidemos, que son esas las bases del igualitarismo que protege la norma suprema.»

En la provincia de Buenos Aires se encuentra en vigencia la Ley de Emergencia Penitenciaria y en este sentido los Jueces de la Cámara Penal afirmaron «en ningún caso puede autorizar o permitir el alojamiento de personas en la órbita del Servicio Penitenciario Provincial en desmedro de las garantías constitucionales de los detenidos.»

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.

error: Content is protected !!