Adelanto / #IndioEnOlavarría: El Juez de Garantías encontró “incongruencias” en el pedido del Fiscal Carballo de detener a los imputados

Foto: En Linea Noticias

A un año del trágico recital el Juez de Garantías que entiende en la causa judicial, cuestiona aspectos centrales del pedido del Ministerio Público de detener a los productores del recital.


El Juez de Garantías, Carlos Villamarín comienza a marcar su postura dentro de la causa que investiga la muerte de dos personas durante el recital del Indio Solari en Olavarría. Este sábado En Línea Noticias pudo acceder a parte de los fundamentos desarrollados por el magistrado a la hora de negar la detención de los productores del show tal como lo pidió el fiscal.

 

Esta medida, tal como se anticipo en la semana, será apelada por el Fiscal Carballo, de acuerdo con lo que el Fiscal General Marcelo Sobrino le dijo a En Línea Noticias

 

El Juez en su denegatoria a decretar la detención de Marcos Peuscovich, Matías Peuscovich y Gustavo Zurita cuestiona el momento en que el Fiscal Carballo toma la medida y califica como “incongruente” la forma en que razona el titular de la Fiscalia de Delitos Complejos de Azul. Es en este punto que marca “si en la objetividad que es propia de su ministerio, la pena en expectativa o las facilidades de los incusos de abandonar el país se encontraban presentes, hubiera solicitado la detención previo a comunicarles la decisión de imputarlos por el delito que ahora sostiene”

 

Carballo imputó a los hermanos Peuscovich y a Gustavo Zurita en diciembre del año pasado y para el Juez los tres estaban en conocimiento de esta decisión, por lo menos, desde principio del mes de enero pasado.

 

Sobre el Fiscal dice que “él mismo fue con su conducta, quién pudo haberles facilitado la huida con aproximadamente dos meses de anticipación, extremo que no sucedió porque los imputados comparecieron a la audiencia.”

 

Villamarín entendió que el Fiscal cree que los imputados pudieron fugarse o entorpecer en la causa pero no invoca “la más mínima circunstancia fáctica que lo acredite”

 

Será por esto que Villamarín considera que “no surgen motivos serios y ajustados a derecho por los cuales correspondería ordenar la detención de los imputados ya que no encuentro mérito para valorar la existencia de peligro procesal alguno.”

 

Por otro lado, pero fundando la negatoria a la detención, habla sobre los delitos que se imputan: “se determinaron dos hechos, distintos claramente desde su reprochabilidad, sin dar preeminencia a uno sobre otro, con la misma prueba y como si fueran iguales sus relevancias normativas”.

 

 

 

Hay que remarcar que los tres están imputados de: Estrago con dolo eventual agravado por haber causado la muerte de dos personas y por haber puesto en peligro de muerte a otra o alternativamente Estrago culposo agravado por haber causado la muerte de dos personas y por haber puesto en peligro de muerte a otra en concurso ideal homicidio culposo.

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