Anticipo / Abigeatos: Confirman la prisión preventiva del olavarriense «Tatín»
«Tatín» es el apodo con el que la justicia identifica al olavarriense que ha protagonizado una serie de abigeatos y que meses atrás fue beneficiado con un fallo del Tribunal de Casación Penal provincia de Buenos Aires.
El hombre estaba privado de su libertad tras ser condenado como coautor del delito de «abigeato agravado». Tatín debía cumplir cárcel durante seis años aunque Casación le redujo la pena al modificar el delito que se le enrostraba. Fue así que meses atrás quedó libre.
Ya en libertad, el pasado mes de agosto, Tatin junto con otro hombre protagonizó un nuevo abigeato y, otra vez, fue detenido.
El 17 de agosto de este año, alrededor de las 20 horas, Tatín junto con otro hombre se movilizaban en bicicleta en inmediaciones del establecimiento rural «Don Ángel». Esa explotación rural se dedica a la cría de porcinos y, precisamente, los abigeos violentaron una reja, rompieron una cortina de un galón destinado al engorde de animales y una vez dentro se robaron seis animales porcinos.
Personal del Comando de Prevención Rural Olavarría logró aprehender a los dos sujetos dado que fueron sorprendidos por la policía cuando se estaban yendo del campo.
Tatín fue puesto a disposición de la justicia y, precisamente, el doctor Carlos Eduardo Villamarín le dictó la prisión preventiva el 21 de octubre de este año. Quienes defienden en la causa penal a Tatín apelaron la medida y pese a los intentos por mejorar la situación procesal del hombre el pedido no prospero.
Fue así que la Cámara Penal de Azul confirmó la preventiva por lo que, de no prosperar ningún otra estrategia, Tatin deberá estar preso hasta que llegue el momento del juicio.
Los fundamentos de la Cámara Penal
El pasado 13 de noviembre, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul confirmó la prisión preventiva de Tatín y no hizo lugar a la apelación que planteó la Defensa Oficial que asiste al encausado.
La sentencia que confirmó la prisión preventiva fue dictada por los jueces Carlos Paulino Pagliere (h), Gustavo Agustín Echeverria y Pedro Damián Cini.
La defensa de Tatin trató de convencer a los jueces de Cámara citando el fallo de Casación que benefició al hombre tiempo atrás y, pese a eso, la Cámara penal avaló la preventiva.
La Defensa del imputado sigue sosteniendo que el delito de «abigeato exige el apoderamiento de animales vivos» de manera que sostienen que los hechos que se le enrostran a Tatin deben ser considerados como «robo».
El doctor Carlos Paulino Pagliere (h) a la hora de fundamentar sobre el delito que se le imputa a Tatín intentó cambiar ese delito a Abigeato agravado en grado de tentativa» y argumentó en este sentido.
Para cambiar la tipificación legal, y llevar el delito a la tentativa de abigeato agrado, el juez Pagliere (h) explicó en los argumentos de la sentencia, «no concuerdo en que el delito de abigeato se encuentre
consumado, por cuanto –en primer lugar– la res furtiva no fue sustraída del ámbito de dominio de la víctima (pues los animales faenados quedaron en el interior del predio cercado del criadero) y –además– porque tampoco fue consumida o enajenada de alguna forma como para poder afirmar que
existió un apoderamiento de los animales por parte del encartado.»
Pagliere (h) continúa explicando su postura y dice, «el acto de dar muerte a los porcinos no implica
todavía un acto de apoderamiento» y en este sentido deja claro que «los animales faenados no
fueron sustraídos de la esfera de custodia del propietario del lugar.»
Dice el juez, con ejemplos, que esa situación se hubiese modificado, por ejemplo, si Tatín y su cómplice se hubiesen comido los porcinos en el lugar o bien, sin salir del lugar donde cometieron el hecho, hubiesen vendido los porcinos a un tercero.
La postura de Pagliere (h) no prospero dado que los jueces Echeverria y Cini, con sus argumentos, ratificaron que Tatin – en esta instancia del proceso – es responsable del delito de Abigeato agravado.