Más de $1800 de multa por haber girado a la izquierda en vía de doble mano
La Ley Nacional de Tránsito establece que en vías de doble mano no se debe girar a la izquierda salvo señal que lo permita. En el marco del programa de Seguridad Vial que lleva adelante el Gobierno Municipal a través de la Agencia de Protección Ciudadana, este jueves el Juzgado de Faltas impuso una multa de $ 1.804 a un conductor por haber girado a la izquierda en Avenida Del Valle en dirección a la calle 9 de Julio. En este sentido, desde el Gobierno Municipal informaron que el conductor del vehículo violó lo dispuesto por el artículo 44 inciso f de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449. Respecto al giro a la izquierda en avenidas de doble mano, se informa que de acuerdo a lo establecido en Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, en su artículo 44 inciso f, en vías de doble mano no se debe girar a la izquierda salvo señal que lo permita. Se resalta, además, que en las avenidas, el giro a la izquierda puede realizarse únicamente en aquellas intersecciones que cuentan con un semáforo que así lo habilita o en las rotondas existentes.
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