Duelo municipal por el fallecimiento de Raul Omar Pastor

Es el decreto municipal número 3098 que firma el intendente municipal del partido de Olavarría Ezequiel Galli.

VISTO el fallecimiento del ex Intendente Municipal Dr. Raúl Omar PASTOR el día 17 de octubre de 2018; y CONSIDERANDO QUE el Dr. PASTOR asumió la Intendencia Municipal en 1973,
desempeñando el cargo hasta marzo de 1976, en que fue depuesto a raíz del golpe militar;
QUE tanto en el ejercicio de su profesión de abogado como en su incansable participación política en la Unión Cívica Radical, se desempeñó con indiscutible probidad y compromiso;

QUE su interés por las instituciones lo llevaron también a presidir el Club
Estudiantes de Olavarría y la Asociación de Abogados de Olavarría durante sucesivos
períodos, sin que ello demostrara ambición personal sino una personalidad proactiva y
generosa para con la comunidad;

QUE en 1993 fue electo Concejal, continuando así con su infatigable afán de trabajar para la sociedad a través de la política;

QUE su permanente humildad y vocación provocan a la sociedad olavarriense una congoja que no distingue banderías políticas, por lo que es responsabilidad de este Gobierno Municipal representar ese sentimiento y expresar el debido homenaje a quien fuera un prohombre de la escena política local, en todas sus dimensiones;

POR todo ello, el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
conferidas

DECRETA
ARTICULO 1º: Declárase duelo municipal los días 17, 18 y 19 de octubre de 2018 con
motivo del fallecimiento del Dr. Raúl Omar PASTOR, quien fuera Intendente Municipal en
el período 1973-1976. En consecuencia dispónese izar la bandera a media asta en los
edificios municipales y lugares públicos por dicho plazo.-

ARTICULO 2º: Invítase a las instituciones civiles y militares, organismos
gubernamentales y no gubernamentales, asociaciones, clubes y demás entidades que tienen
su sede en nuestra ciudad a adherirse al duelo municipal dispuesto por el Artículo 1º del
presente acto administrativo.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de
Gobierno; Salud; Desarrollo Económico; Desarrollo Humano y Calidad de Vida;
Mantenimiento y Obras Públicas y por la Señora Secretaria de Economía y Hacienda.-

ARTICULO 4º: Publíquese, dése al Libro de Decretos, comuníquese, y oportunamente
archívese.-

Decreto Duelo Raúl Pastor

 

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