¿Cuál es la multa que deberían pagar quienes no fueron a votar?


En Argentina, las elecciones son obligatorias, por lo que las personas que no asistieron a votar deberán enfrentar sanciones y multas en caso de no presentar un justificativo válido.

Según la Justicia Nacional Electoral, todos los ciudadanos argentinos mayores de 18 años y menores de 70 años tenían que emitir su voto hoy en la institución que les correspondiera según el padrón.
En caso de no poder concurrir por una causa válida, como enfermedad o distancia de más de 500 kilómetros del sitio de votación correspondiente, es preciso acercarse con el documento a la comisaría más cercana y solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar.

Para evitar la multa y otras sanciones correspondientes, el certificado debe presentarse dentro de los 60 días de celebrada la elección ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que le corresponda al elector o ante la Cámara Nacional Electoral.
Quienes no puedan justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral, deberán pagar una multa económica. Además, estas personas quedarán incorporadas en el Registro de Infractores y no podrán ser designadas para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
Además, quienes no paguen la multa, no podrán realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Según establece la Constitución Nacional, las personas habilitadas que no emitan su voto y, en consecuencia, no justifiquen su ausencia, deberán atenerse al pago de una multa económica de entre $ 50 y $ 500.
“Se impondrá una multa de $ 50 a $ 500 al elector mayor de 18 y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no justifique ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección”, señala la ley.

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