Suspenden, parcialmente, la reforma de la Ley de Jubilaciones del BAPRO
La Suprema Corte de Justicia bonaerense suspendió parcialmente la reforma a la Ley de Jubilaciones del Banco Provincia y ordenó al Gobierno a actualizar los haberes de una persona de acuerdo al cálculo anterior, que ataba los aumentos a las subas salariales de los trabajadores activos.
El fallo al que accedió DIB se aplica solo al caso de un jubilado que solicitó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 41 de la ley 15.008, que ataba el cálculo de actualización de los haberes de los pasivos del Bapro a la reforma previsional aprobada en diciembre de 2016 por el Congreso. Por mayoría, la Corte aceptó la medida cautelar solicitada y suspendió, solo para el caso del denunciante, los alcances del artículo 41 de la ley «hasta tanto se dicte sentencia en este juicio».
El fallo indica que «en su reemplazo, la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del personal del Banco Provincia de Buenos Aires deberá calcular la movilidad de la prestación previsional respectiva de acuerdo a lo previsto por el artículo 57 de la ley 13.364». Ese artículo, correspondiente al régimen anterior, ataba el ajuste jubilatorio al aumento salarial de los empleados del Bapro. (DIB) JG
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