El empresario tandilense Luis María Cerone irá a juicio por tenencia ilegal de un arma de guerra

Así fue resuelto este viernes por la Cámara de Apelación en lo Penal del Departamento Judicial de Azul.


La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul rechazó este viernes el recurso presentado por la defensa del empresario Luis María Cerone y confirmó la elevación a juicio de una causa en la que se le atribuye la tenencia ilegal de un arma de guerra. Entre los planteos, se cuestionaron la legalidad del allanamiento realizado en su domicilio, la cadena de custodia de las armas secuestradas y la aptitud de disparo de un fusil.

La resolución fue firmada el 6 de noviembre por los jueces Carlos Pagliere y Damián Cini, quienes confirmaron lo dispuesto el pasado 14 de octubre por el Juzgado de Garantías N.º 2 de Tandil, a cargo del juez subrogante Juan José Suárez.

La investigación se originó a partir de un allanamiento realizado el 7 de abril de 2025 en un domicilio de Cerone, en el marco de otra causa judicial, que vincula a un Juez Civil y Comercial de la ciudad serrana. Durante aquel rocedimiento, que había sido ordenado por un juzgado de Garantías de Bahía Blanca, se encontraron distintas armas de fuego y municiones que, según la investigación, no contaban con la correspondiente autorización legal. Ese hallazgo dio origen a una nueva causa por tenencia ilegal de armas.

Los cuestionamientos al allanamiento

La defensa sostuvo que el personal policial había excedido los alcances de la orden de allanamiento y calificó el procedimiento como una búsqueda indiscriminada de elementos. También cuestionó que las armas y municiones secuestradas fueran utilizadas en una investigación diferente de aquella que había motivado la medida original.

En ese sentido, reclamó la exclusión de las pruebas y planteó que existían irregularidades en la cadena de custodia, que a su entender impedían garantizar que los elementos sometidos a peritaje fueran los mismos que habían sido encontrados en el domicilio.

Los camaristas rechazaron esos argumentos. Recordaron que ya se habían pronunciado sobre cuestionamientos similares en julio de 2025 y consideraron que el procedimiento había quedado debidamente documentado, con identificación de las armas y municiones, firmas de los testigos y funcionarios intervinientes.

También señalaron que existía coincidencia entre los elementos registrados en el acta del allanamiento y aquellos posteriormente examinados por los peritos. Para el Tribunal, la defensa no había demostrado una irregularidad concreta que permitiera invalidar las pruebas.

La discusión por la aptitud del fusil

Otro de los puntos centrales de la apelación estuvo relacionado con un fusil calibre 7,65 milímetros, de fabricación alemana, modelo 1891 argentino, cuya aptitud para el disparo había sido cuestionada por la defensa.

El planteo se apoyó en que la pericia oficial no había realizado una prueba de disparo convencional con un cartucho completo. También se mencionó la antigüedad de la munición secuestrada, correspondiente al año 1940, y las conclusiones de un perito de parte.

Sin embargo, el juez Pagliere consideró que el informe oficial aportaba elementos suficientes para sostener la aptitud del arma. En particular, destacó que durante el examen técnico se había comprobado el funcionamiento del percutor y la detonación de los fulminantes de cartuchos desprovistos de pólvora.

De todos modos, frente a las diferencias entre las conclusiones de los especialistas, entendió que la discusión deberá profundizarse durante el juicio oral, con la posibilidad de interrogar a los peritos y producir nuevas pruebas.

Finalmente, los jueces concluyeron que los elementos reunidos durante la investigación alcanzan para sostener la acusación y que no corresponde disponer el sobreseimiento solicitado por la defensa.

Con esos fundamentos, rechazaron la apelación y confirmaron la elevación a juicio de la causa contra el empresario tandilense Luis María Cerone por tenencia ilegal de arma de guerra, delito previsto en el artículo 189 bis del Código Penal.

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