Anticipo En Línea: Confirman una segunda condena contra el olavarriense que volcó una ambulancia municipal cerca de Recalde

Juan Carlos Fernández, el conductor de la ambulancia, había sido sorprendido manejando y por eso lo habían condenado por segunda vez. Ahora confirmaron esa condena.


Especial En Línea Noticias

En una reciente sentencia dictada por los Jueces de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial de Azul se confirmó una condena contra el olavarriense que manejaba una ambulancia que volcó el 17 de septiembre de 2018 en inmediaciones de Blanca Grande y provocó gravísimas heridas a un joven.

El condenado es Juan Carlos Fernández.

Voceros oficiales explicaron a En Línea Noticias que, tras ser condenado por el vuelco de la ambulancia, Juan Carlos Fernández había sido sorprendido manejando y eso derivó en una segunda causa en su contra. Primero, en Olavarría, fue condenado por ese incumplimiento a la pena de cinco meses de prisión de cumplimiento efectivo. Sus abogados apelaron la sentencia y ahora la Cámara no sólo confirmó la sentencia por el incumplimiento de la inhabilitación sino que además le impuso una pena única.

Un repaso por los hechos
La Jueza Desiata fue la que condenó, en dos oportunidades, al olavarriense Juan Carlos Fernández. Ahora la Cámara Penal ratificó una de sus sentencias.

El 1 de septiembre del año 2022, Juan Carlos Fernández, en el marco de un juicio abreviado fue condenado a la pena de dos años y seis meses de prisión – de cumplimiento condicional – e inhabilitación especial para conducir de cuatro años al encontrarlo autor penalmente responsable del delito de «lesiones gravísimas, culposas, agravadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de vehículo automotor.»

Para la Justicia Correccional de Olavarría, Fernández fue el responsable de un impresionante vuelco de una ambulancia del sistema público de salud y de las gravísimas lesiones que sufrió Santiago Ezequiel Morales.

Esa sentencia, sentencia había sido confirmada por Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Depto. Judicial de Azul el 29 de marzo de 2021.

El hecho en cuestión se registró en la madrugada del 17 de septiembre de 2018 cuando Fernández conducía una ambulancia marca Toyota Hilux 4×4 propiedad de la Municipalidad de Olavarría.

En septiembre de 2020, el abogado de Fernández y la Fiscal María Paula Serrano abordaron a un acuerdo en juicio abreviado en el que el imputado aceptó su responsabilidad en el hecho sucedido en el acceso a Blanca Grande camino a Recalde. Aquella madrugada el conductor de la ambulancia perdió el control, se despistó y terminó volcando. Por ese hecho, las peores consecuencias las sufrió Santiago Ezequiel Morales que en aquel entonces tenía 18 años y en la actualidad aún sufre las consecuencias del violento siniestro.

Los incumplimientos, la sentencia y la confirmación de la pena

El 4 de abril de 2022, ya condenado y con sentencia firme, Juan Carlos Fernández fue sorprendido por personal de Control Urbano Municipal manejando un automóvil Toyota Corolla por la avenida De los Trabajadores y La Madrid.

Ese hecho, detectado por los agentes municipales, significó la inmediata oficialización de actuaciones penales por quebrantamiento de pena de inhabilitación. Fernández no podía manejar, y lo sorprendieron manejando.

Aquel 4 de abril de 2022, Juan Carlos Fernández fue aprehendido dado que además fue sorprendido en flagrancia, es decir manejando pese a que lo tenía prohibido.

Por ese hecho de quebrantamiento de la inhabilitación, la Jueza Desiata volvió a condenar a Fernández. En este caso la Magistrada olavarriense dictó pena cinco meses de prisión de cumplimiento efectivo. El fallo data del 8 de noviembre del año pasado.

En ese momento, la doctora Desiata le impuso a Fernández la «pena única» de dos años y diez meses de prisión más inhabilitación especial para conducir vehículos con motor por el término de cuatro años.

Fernández, tras recibir esa condena de pena única, ya no tenía abogado particular y su representación la ejerció el doctor Gustavo Emiliozzi, de la Defensoría Oficial en lo Penal de Olavarría.

Emiliozzi fue la Cámara Penal para apelar la sentencia por el quebrantamiento de la inhabilitación aunque no tuvo el resultado esperado dado que los jueces que integran el órgano de Alzada confirmaron lo resuelto en Olavarría pro Desiata.

El doctor Emiliozzi en la apelación dio cuenta de que Fernández por su «nivel intelectual» no pudo «comprender los alcances del tipo de pena.» Lo cual justificaría que haya sido sorprendido manejando.

Este plante del Defensor, para los Jueces de la Cámara Penal «carece de sustento fáctico y jurídico» y ratifican que Fernández había señalado – en oportuno juicio – que había comprendido las generales de la pena que se le había impuesto. Es decir, para la Cámara, Fernández sabía que no podía manejar, y manejó.

Dice el fallo de la Cámara Penal sobre este tema, «Fernández no sólo admitió que estaba al corriente de la inhabilitación que pesaba sobre él, sino que, además, intentó justificar su incumplimiento en una cuestión de salud que requería la compra urgente de medicamentos para calmar su dolor» y agregan, «el acusado violó lo establecido por el art. 281 bis del Código Penal, con conocimiento de que lo estaba haciendo, ya que tenía la suficiente conciencia de que conducía su vehículo particular cuando ello le estaba vedado por sentencia penal.»

La sentencia confirmatoria de la condena de primera instancia por el quebrantamiento de inhabilitación lleva la firma de los jueces Carlos Paulino Pagliere (h), Gustavo Agustín Echevarría y Damián Pedor Cini.

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