Aplicación del Código Rural en el millonario caso de Animales Invasores
En las próximas horas se realizará el traslado.
Todo el procedimiento realizado desde hace alrededor de veinte días en Olavarría tras el hallazgo de animales invasores en Estancias Unidas del Sud ha sido siguiendo lo indicado lo que sostiene el Código Rural de la Provincia de Buenos Aires. Sobre este punto En Línea Noticias realizó una serie de consultas para conocer sobre el destino de los animales, en principio, y con posterioridad la finalidad del trámite.
El Código Rural remite de manera directa a la Ley de Faltas Agrarias, ésta es la que otorga competencias de aplicación al Ministerio de Asuntos Agrarios (hoy Agroindustria). Todo lo actuado por este organismo es pasible de revisión ante el Juzgado Correccional. En el caso de Olavarría a cargo de la Jueza Cecilia Desiata.
Algunos consultados indicaron que, más allá de que exista un incumplimiento al Código Rural, lo visto en Olavarría en las ultimas semanas podría ser también contravención al Decreto – Ley 8031 de la Provincia de Buenos Aires cuya autoridad de aplicación es también el Juzgado Correccional.
En principio no estaría constituyéndose un delito penal en esta materia aunque deberá ser revisado con posterioridad y será algo que quede en manos del Ministerio Público Fiscal a través de la Ayudantía Fiscal de Delitos Rurales.
¿Qué pasa con los animales?
El Código Rural habla de los animales invasores en su Capítulo II dando cuenta de cómo proceder ante esta situación.
Los dos primeros artículos de dicho Capitulo (158 y 159) indican que cualquier propietario de un establecimiento rural o predio puede denunciar la presencia de los invasores a la autoridad policial o bien al propietario si es que los mismos tienen marca o señal.
Dichos artículos dejan explicitado que es el propietario del predio el encargado de «encerrar» a los invasores.
El Artículo 161 del Código Rural es el que explica cómo se actuará ante la no aparición del dueño de los animales. Y es aquí donde se sostiene la intención del Intendente de rematar los animales (para una posterior donación) que tienen un valor aproximado de 5 millones de pesos.
Dicho Artículo indica: «Si el propietario conocido no los retirase en el plazo a que se refiere el artículo 159 o si nadie se presentare a reclamarlos en el caso del artículo anterior, la autoridad policial pondrá los animales a disposición del juzgado que corresponda para que dentro del término de quince días ordene su venta o remate público y haga entrega del pertinente certificado al comprador.»
Uno de los puntos que deja en claro el Código Rural es en constituir a Estancias Unidas del Sud como depositario judicial. El Código indica que «El propietario del establecimiento invadido debe dejar pastorear y abrevar a los animales invasores a cuyo efecto tendrá derecho a una remuneración sin perjuicio de la acción ordinaria que le corresponda por los daños que puede haber sufrido.»
Este es precisamente el artículo que obligará, finalizado el procedimiento, a realizar una remuneración para con Estancias Unidas del Sud por la tenencia de los animales durante este plazo.
Lo que está claro es que ahora habrá que aguardar alrededor de quince días para que el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires tome una resolución y determine el destino final de los trescientos animales.
De todas maneras En línea Noticias supo que los animales serán trasladados a un predio del ministerio en las próximas horas por lo que Estancias Unidas del Sud, quedará libre de la guarda que hasta hoy sostiene.
Los comentarios están cerrados.