Tandil: El entorno de una Jueza rechaza acusaciones que la llevan a Jury

Luego de la publicación de En Línea Noticias, allegados a la Jueza de Familia de Tandil, Silvia Moserrat rechazaron las acusaciones en su contra

Silvia Monserrat es la titular del Juzgado de Familia de la ciudad de Tandil y esta semana En Línea Noticias daba a conocer que ya fueron sorteados los miembros de un Jury que analizará su caso luego de una denuncia del Procurador General, Julio Conte Grand.

Monserrat, luego de la muerte de María Inés Germino, se hizo cargo temporalmente del Juzgado de Familia N° 1 de Olavarría y aún mantiene fuertes vínculos en nuestra ciudad.

A Silvia Monserrat la acusan de otorgar en guarda una menor en un proceso que consideran “muy ilegal”

Tras la publicación de En Línea Noticias allegados a la magistrada salieron a rebatir las acusaciones y la denuncia en su contra. Las mismas fueron citadas por el diario El Eco de Tandil. Estas fuentes rechazaron la denuncia por considerar que el procurador tomó la información de un sumario que se habría realizado contra la doctora en el marco del reglamento disciplinario, que estipula que de cualquier imputación debe darse conocimiento al magistrado o funcionario para que ejerza su derecho de defensa.

“Esto no sucedió”, aseguraron. Y sin embargo el funcionario del Ministerio Público bonaerense decidió radicar la denuncia, de la que Monserrat fue notificada “hace menos de un mes”.

La jueza basará su defensa en que el otorgamiento de una guarda, en el marco del sistema de promoción y protección de los derechos del niño, se lleva a cabo previa intervención del Servicio Local, y que, cuando se trata de adolescentes en estado de adoptabilidad, resulta “muy difícil” conseguir adoptantes.

En ese sentido se indicó que más de dos mil adoptantes se encuentran inscriptos en la provincia de Buenos Aires y “sólo 17 aceptan niños mayores de 12 años”.

El argumento en este punto se basa en que se trató de una adolescente de 14 años para quien se había solicitado “en tres oportunidades” un listado de adoptantes, sin obtener postulantes y que el matrimonio había sido evaluado en el Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño.

En tanto, debido a la denuncia inicial, se dispuso que el expediente pasara ante el juez del Juzgado de Familia de Azul, el cual luego de un año y medio de intervención, con diversas evaluaciones, en agosto del año pasado le confirió a ese matrimonio la adopción de la adolescente, “que lo requirió en distintas oportunidades con su abogada”. Los adoptantes para entonces se encontraban debidamente inscriptos en el registro respectivo.

Esa información respecto del otorgamiento de la adopción “no se encuentra incluida en la denuncia”, se señaló.

Sistema de adopciones

Entre otras consideraciones del caso, trascendió que la denuncia fue impulsada por el mismo grupo de personas que acusó a Monserrat de violencia laboral, que fue rechazado por los ministros de la Corte argumentando que no se había acreditado que hubiera ejercido violencia o maltrato alguno, en una sentencia dictada el 22 de agosto pasado.

Respecto del sistema de adopciones se mencionó que se encuentra “muy controlado” por el Registro de Adoptantes que depende de la Suprema Corte y además existe un seguimiento permanente por parte de la Asesoría de Incapaces y de la Cámara de Apelaciones. La jueza “Nunca ha tenido observación alguna en estos casos”.

En concreto, el Juzgado de Familia tramitó 22 mil expedientes, 500 medidas de abrigo y más de cien adopciones.

“La obligación de que todos los adoptantes solo sean quienes figuran en el registro cede frente a la edad del adoptado (mayores de 12 años por las dificultades existentes) y la Suprema Corte acepta que las familias puedan tener otro rol que no sea el de adoptante, como padrinazgos, etc”, se explicó.

Por eso, en las convocatorias públicas, cuando no se encuentran adoptantes, se buscan otras figuras.

Así, resulta “habitual” que los jueces de familia busquen entre familias locales no inscriptas o entre algún referente afectivo para tratar de encontrarle familia a los adolescentes en estado de adoptabilidad, se argumentó.

Antecedentes

La jueza Silvia Monserrat afrontó cuestionamientos en anteriores oportunidades que finalmente no prosperaron. En 2014, los legisladores y conjueces reunidos bajo la supervisión del presidente de la Suprema Corte, resolvieron que no había elementos para iniciar el jury tras el análisis de las dos causas denunciadas, y promoviendo consecuentemente el paso a archivo de sendos planteos.

Como se informó oportunamente, el jury había sido impulsado independientemente por las doctoras Ana Galván y Fátima Silva contra la magistrada, pero las autoridades habían resuelto unificar ambas presentaciones en una sola, que ahora fueron evaluadas.

La primera aludía a la acusación de un impedimento de contacto de una madre con su bebé recién nacido. La mujer había ofrecido dar en adopción a su criatura pero luego se dijo arrepentida y buscó asesoramiento para entregar al niño a una familia determinada.

La jueza intervino y ordenó la “guarda institucional” del bebé dentro del área del servicio de neonatología del Hospital Municipal Ramón Santamarina, requiriendo que se separara al bebé de su madre, e impidiendo el contacto entre ambos, lo que de por sí ya configuraría un delito tipificado en la Ley Penal 24.270, dijo la acusación.

En la segunda presentación la magistrada fue acusada de “separar a la mamá de su hija de cuatro años y entregársela al papá en una tenencia provisoria, en una decisión apresurada y con pocos fundamentos”, indicó la letrada Fátima Silva oportunamente.

Ese mismo año, la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) denunció a la jueza a instancias de lo oportunamente planteado por los trabajadores del Juzgado de Familia de Tandil.

En concreto, la organización gremial formalizó una denuncia ante Control Disciplinario de la Suprema Corte, denunciando a la jueza Monserrat por haber ejercido violencia laboral en un sinnúmero de casos contra trabajadores del Juzgado de Familia, los peritos, funcionarios y empleados administrativos”.

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