Tras el fallo judicial Coopelectric informa que facturas deben pagarse
El Consejo de Administración de Coopelectric informa a sus asociados que:
· Las facturas eléctricas con fecha de vencimiento hasta el 7 de junio inclusive, deberán ser abonadas normalmente. Debido a que durante los últimos días circularon distintas interpretaciones sobre el tema, se ha resuelto que quienes aún no abonaron sus facturas (con fecha de vencimiento hasta el 7 de junio), podrán hacerlo sin recargo o cobro de interés alguno hasta el 21 de junio inclusive.
· Las facturas con fecha de vencimiento 8 de junio o días posteriores, serán refacturadas según el cuadro tarifario anterior a la Resolución 22/16 del MIySP.
· Toda la facturación que se emita a partir de la fecha se ajustará al cuadro tarifario vigente con anterioridad al 26/02/16, es decir el establecido oportunamente por la Resolución MI 243/12 y complementarias, independientemente del periodo de consumo que se facture
En caso que la situación se revierta debido a las medidas judiciales presentadas por la Fiscalía de Estado o las Distribuidoras Eléctricas, las mismas quedarán facultadas a refacturar con los cuadros vigentes de acuerdo a lo establecido por la Resolución MIySP 22/2016 afectada por la medida judicial.
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