La Justicia ordenó que las petroleras vuelvan a informar las subas de combustibles antes de aplicarlas
Un fallo federal declaró inconstitucional la resolución del Ministerio de Economía que había eliminado la obligación de comunicar previamente los aumentos de naftas y gasoil. La medida busca restablecer un sistema de mayor transparencia para los consumidores.
La Justicia Federal ordenó restablecer la obligación de que las empresas petroleras informen al Estado nacional las modificaciones en los precios de los combustibles antes de aplicarlas, al declarar inconstitucional la resolución del Ministerio de Economía que había eliminado ese mecanismo de control.
La decisión fue adoptada por el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 2 de La Plata, a cargo en forma interina del juez Alejo Ramos Padilla, al hacer lugar a un amparo colectivo presentado por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis).

Qué resolvió la Justicia
El fallo declaró la nulidad de la Resolución 717/25 del Ministerio de Economía, norma que había derogado la Resolución 314/16 del entonces Ministerio de Energía y Minería.
Con esa decisión del Gobierno nacional había quedado sin efecto el Sistema en Línea de Información de Precios de Combustibles en Surtidor, una herramienta creada en 2016 durante la gestión del exministro Juan José Aranguren para que las petroleras informaran cada modificación en los valores de venta al público.
El sistema permitía centralizar la información de los precios en todo el país, facilitar su comparación entre estaciones de servicio y brindar mayor transparencia al mercado minorista. Además, los datos eran públicos e incluían un canal para que los consumidores denunciaran diferencias entre los precios informados y los efectivamente cobrados.
Los argumentos del amparo
Desde el Cepis sostuvieron que la eliminación de ese régimen significó un retroceso en la protección de los derechos de los consumidores, al quitar una herramienta que permitía conocer de manera inmediata los aumentos de combustibles y facilitaba tanto el control estatal como el ciudadano.
El Estado nacional, por su parte, argumentó que la información sobre los precios continúa disponible a través de otros mecanismos oficiales y plataformas digitales, por lo que consideró que no existía una afectación al derecho de acceso a la información.
Sin embargo, el juzgado entendió que el planteo involucra derechos de incidencia colectiva y que corresponde analizar si la eliminación de la obligación de informar cada modificación de precios puede perjudicar a todos los consumidores de combustibles del país.
También avanza un proyecto en la Provincia
Mientras se conoció el fallo judicial, en la Legislatura bonaerense continúa el tratamiento de un proyecto presentado por la diputada del Frente Renovador Ayelén Rasquetti, que propone que las empresas informen los aumentos de combustibles con 72 horas de anticipación antes de que entren en vigencia.
De prosperar esa iniciativa, los consumidores contarían con un plazo previo para conocer las actualizaciones de precios antes de que se reflejen en los surtidores.
