Emprendimiento familiar: Siguen investigando a una red de venta de droga al menudeo en Olavarría

La causa apunta a dos mujeres y a un hombre señalado como proveedor que coordinaba las ventas mientras se encontraba cumpliendo arresto domiciliario. Las dos mujeres son madre e hija. Los detalles.


La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Azul anuló este viernes una resolución del Juzgado de Garantías N°2 de Olavarría que había rechazado el pedido de detención de una mujer investigada en una causa por presunta comercialización de estupefacientes al menudeo y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento sobre esa medida.

La decisión fue adoptada por los jueces Carlos Paulino Pagliere (h) y Damián Pedro Cini al hacer lugar a un recurso presentado por la Fiscalía. De esta manera, el tribunal dejó sin efecto el fallo dictado por el juez de Garantías Carlos Villamarín, quien había descartado la detención de Stella Maris Macedo, imputada en la causa.

La investigación es llevada adelante por la UFIJ N°19 de Olavarría y se inició a partir de información que indicaba que en una vivienda se estaría desarrollando venta de drogas.

De acuerdo con la hipótesis fiscal, al menos entre el 24 de septiembre de 2025 y el 6 de noviembre de ese mismo año un grupo de personas integrado por Stella Maris Macedo, Victoria Soledad Garro y Maximiliano José Izarriaga habría desarrollado en forma habitual tareas de comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas destinadas al consumidor.

Según la acusación, Izarriaga se encargaba de impartir órdenes y coordinar las ventas con los compradores, mientras que Macedo y Garro resguardaban las sustancias, las fraccionaban y concretaban las entregas a cambio de dinero. De acuerdo con la investigación, el hombre señalado como proveedor se encontraba cumpliendo arresto domiciliario.

La pesquisa derivó en un allanamiento realizado el 6 de noviembre del año pasado y durante aquel procedimiento personal policial secuestró 32,4 gramos de clorhidrato de cocaína distribuidos en distintos envoltorios de nylon. Parte de la sustancia fue hallada sobre una mesa del sector de cocina comedor y otra en un mueble ubicado en uno de los dormitorios de la vivienda.

En el lugar también se incautaron elementos vinculados con la actividad investigada, entre ellos una balanza de precisión, recortes de nylon utilizados para fraccionar la sustancia, dos teléfonos celulares y 32.300 pesos en efectivo.

Al momento del allanamiento se encontraban en el interior de la vivienda las imputadas Garro y Macedo.

Posteriormente, uno de los teléfonos celulares secuestrados fue analizado y arrojó conversaciones que, según la Fiscalía, se vinculan con la actividad investigada. En esos intercambios el coimputado Izarriaga enviaba mensajes con indicaciones vinculadas a montos de dinero, cantidades y personas que pasarían por el lugar.

En el fallo también se menciona un intercambio de mensajes en el que un contacto identificado como “Miika Boorge” escribió: “Hola Stella, le diste 10 a Fran y eran 20, 10 tuyos y 10 de Vicky. Mañana paso a buscarlo”, a lo que Macedo respondió: “Ah bueno ya los había preparado”.

Para los jueces de la Cámara, ese mensaje resulta particularmente relevante porque ubicaría a la imputada en una situación compatible con la entrega de sustancias estupefacientes.

Al analizar el caso, los camaristas consideraron que el juez de Garantías no valoró de manera adecuada los elementos reunidos durante la investigación. En ese sentido, el juez Pagliere sostuvo que “existe un cúmulo de elementos que, valorados de manera conglobada, permiten inferir, en este momento de la pesquisa, la concurrencia de los recaudos” necesarios para considerar a la investigada como posible partícipe del delito.

Por ese motivo, la Cámara resolvió hacer lugar al recurso presentado por la Fiscalía, anular la resolución que había rechazado la detención de Macedo y devolver el expediente al juzgado de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento sobre la medida solicitada.

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