Opinión / Luis Cavalli sobre la reducción de subsidios a la electricidad
Con fecha 7 de diciembre se publicó en el Boletín oficial la Ley 27.701, que aprueba el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, que trae una novedad que afecta a las distribuidoras de electricidad de la Provincia, que incluye a Coopelectric: El artículo 89 y el veto presidencial a un párrafo del mismo.
El Gobierno Nacional, decidió cumplir con uno de los principales puntos del acuerdo con el FMI: reducir los subsidios a la electricidad, que este año alcanzaron la escandalosa cifra de 15 mil millones de dólares, que van a tres empresas generadoras, cerca del 3 % del PBI. Para ello diseñó un mecanismo que quedó plasmado en el artículo 89 del Presupuesto Nacional. Los subsidios que paga el Estado Nacional se deben a que las distribuidoras, que aducen que la tarifa no alcanza a cubrir sus costos, no pagan la electricidad que le compran a CAMMESA, (Intermediaria comercial entre las generadoras y las distribuidoras) quién no puede, como consecuencia, pagar a las empresas que generan dicha electricidad. Para que el sistema siga funcionando, es el Estado Nacional quién les paga.
La solución encontrada e incorporada a la Ley 27.701, fue responsabilizar al Poder Ejecutivo Nacional, a las provincias y a los municipios para que las distribuidoras de electricidad paguen lo que deben y comiencen a pagar en tiempo y forma. La redacción original del PEN tenía un párrafo que decía que si la distribuidora del servicio público de electricidad no pagaba a CAMMESA, el PEN se lo cobraba automáticamente las provincias descontándoselo de la coparticipación. Esta redacción fue eliminada por presión de los gobernadores de todos los partidos políticos.
El artículo referenciado autoriza a que en un plazo de seis meses cada jurisdicción establezca un mecanismo de pago a CAMMESA, habilitando a que se haga un plan de pago de 96 meses. Para que la deuda no se diluya por inflación, el plan se debe hacer con una medida de valor homogénea vinculada a las transacciones por consumos que asegure el valor del crédito. Esto último evita que se diluya la deuda por inflación con el tiempo, lo cual hace pesada la carga a los muy endeudados.
Como complemento para que el mecanismo sea viable, el artículo 89 original obligaba al Poder Ejecutivo Nacional, las provincias y municipios a que en un plazo no mayor a noventa (90) días realice las revisiones tarifarias integrales. Esto equivalía a que cada jurisdicción estaba autorizada a la revisión tarifaria, que esencialmente consiste en aumentar la tarifa. La lógica del aumento tarifario es que al tener las distribuidoras que afrontar, además de los costos mensuales del servicio, (al que no llegaban con la tarifa actual y que por ello se endeudaron tanto), se agrega ahora el tener que realizar el pago mensual de la cuota del plan.
Pero el PEN vetó el párrafo que obligaba a las provincias y municipios, supuestamente porque el Congreso Nacional no tiene competencia para obligarlas. Solo queda la obligación para la jurisdicción nacional, que regula y controla el ENRE, para las empresas EDESUR y EDENOR.
Lo que parece esconderse detrás del veto, es la dimensión política de la problemática, una realidad que existe más allá de lo económico general: El año 2023 es un año electoral y los gobernadores e intendentes no son muy proclives a aumentar las tarifas, máxime en este caso, que no las recaudan ellos.
Con lo cual, es probable que el gobernador de la Provincia de Buenos Aires no encare una revisión que implique un fuerte aumento de la tarifa y que se espere hasta el vencimiento del plazo de seis meses para concretar el plan de pagos. La consecuencia es que las distribuidoras seguirán financiándose con el no pago a CAMMESA, generándose más deuda y sin recursos para el adecuado mantenimiento e inversiones en el servicio.
Como sabemos, Coopelectric está en el top de las diez cooperativas, entre las doscientas que operan en la Provincia, que más le deben a CAMMESA y esta medida la afecta negativamente de lleno.
En el año 2021 Coopelectric perdió la oportunidad de tener una quita del 66% y pago del resto en diez años de su deuda con CAMMESA, que establecía el presupuesto 2020 prorrogado por la negativa a aprobarlo de JxC. El curismo, que maneja la cooperativa, la incorporó a JxC y el secretario de energía, que tenía la discrecionalidad de otorgar o no este beneficio, no la incluyó por este motivo. Son las consecuencias del uso político partidario de la cooperativa.
La política de la oscuridad y silencio del poder político local, respecto de la realidad de Coopelectric, que en esta situación seguirá en este estado de agonía y supervivencia atando todo con alambre como hasta ahora, no es buena. La situación de la cooperativa debe formar parte de las prioridades de los políticos locales de los partidos mayoritarios. Esto porque las soluciones son de orden legislativo: la modificación de las leyes regulatorias, que se sancionaron en la década del noventa, en otro marco económico e ideológico. Las prioridades políticas surgen de la demanda de la gente. Si la gente no conoce que hay un problema, difícilmente demande soluciones. Por ello la política del avestruz no sirve.
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