El brutal asesinato de Verónica, Jazmín y Ezequiel «era evitable»

El triple homicidio ocurrido la última semana y que se convirtió en el más aberrante de la historia de Olavarría sigue generando distintas aristas para el análisis y cada una de ellas provoca escozor entre aquellos que, por una u otra razón, tuvieron acceso al expediente judicial.

Antes del crimen la historia de esta familia estuvo cruzada por distintas decisiones que se fueron adoptando en la Justicia – particularmente de Familia – como así también en órganos estatales que trabajan cuestiones vinculadas a la violencia y la protección de los derechos del niño.

“Edgardo Ríos tenía características de ser una persona psicópata”, fue la afirmación que lanzó una fuente allegada al expediente. Y logró confirmar que en la causa judicial que se tramitó en el Juzgado de Familia de Olavarría había relatos de las víctimas que daban cuenta de la violencia ejercida: “Los apuntaba con un arma para que comieran”, pudo saber En Línea Noticias respecto al comportamiento de Ríos y como esto quedó plasmado en el expediente.

Precisamente esto, y otros elementos, fueron determinantes para que meses atrás el Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos del Niño diera “informes absolutamente negativos” en la causa buscando evitar que los pequeños volvieran a vivir con Edgardo Ríos, dijo una fuente consultada con llegada a ese organismo que depende del Municipio de Olavarría.

El pasado domingo la Fiscal Viviana Beytía confirmaba que la familia protagonista de este aberrante hecho era una “familia judicializada”.

A partir de esto En Línea Noticias pudo saber que habían existido denuncias de Verónica Montenegro contra Edgardo Ríos, el triple homicida. Algunos consultados sostienen que las denuncias “siempre deben ser investigadas, una vez que llegan a manos de un Fiscal” aunque otros dan cuenta que “si las denuncias son por amenazas, por ser un delito de la faz privada, quedan sin efecto al momento que la denunciante o el denunciante las retira”. 

Precisamente los que sostienen la primera de las posturas citan el Artículo 72 del Código Penal que da cuenta de la amenazas son comparables con un hurto o un robo, una vez que se radica la denuncia se debe investigar de oficio.

Eso sucedió en el ámbito penal. ¿Qué pasó en el Fuero de Familia?

El Juzgado de Familia de Olavarría había dispuesto una medida de abrigo en favor de los dos niños hoy asesinados. Durante un tiempo los pequeños estuvieron “Institucionalizados” y luego a la guarda de un familiar directo. En ambos casos existía una medida de restricción respecto a Edgardo Ríos y Verónica Montenegro,  los padres.

Todo esto sucedió en los años 2015 y 2016. Precisamente por aquellos años el Juzgado de Familia dispuso una serie de medidas para con los menores. 

Mientras esta medida estuvo vigente, Edgardo Ríos (con asesoramiento de un abogado) realizó una serie de presentaciones en el Juzgado de Familia para revertir la situación y lograr la tenencia de sus hijos, relatan las fuentes.

Finalmente fue el Dr. Claudio García – en ese entonces Juez de Familia de Olavarría y hoy apartado preventivamente del cargo – quien ordenó la restitución de los menores a Verónica Montenegro y Edgardo Ríos.

“García desconoció los informes negativos del Servicio Local”, dijo una fuente consultada. No solo esto según pudo saber En Línea Noticias “había informes negativos del propio equipo de trabajo del Juzgado de Familia”

Ante esto fue que una fuente opinó:  “la sentencia de García no estaba fundada, no tenía desarrollo del caso”.

En ambos casos coincidieron en realizar una crítica al rol de magistrado de García. Sin embargo una de las fuentes cuestionó también algunas formas de trabajo del Servicio Local dado que según dijeron “el expediente da cuenta de que Ríos era obligado a cumplir con determinados requisitos y los cumplía.”

Si bien todos los consultados piden mantener estricta reserva en cuanto a los detalles que se brindan existe coincidencia respecto a que lo sucedido “era evitable”.

Tal como dijo En Línea Noticias la Fiscal Viviana Beytía, basada en el Código de Procedimiento Penal, no tendrá más alternativa que archivar la causa. Beytía consideró que Ríos fue el autor material del homicidio. Ríos murió. De esta manera, salvo que las pruebas señalen a otro autor de la masacre la causa será archivada.

El viernes pasado Edgardo Ríos ejecutó a balazos a su pareja Verónica Montenegro y mató a sus hijos Ezequiel y Jazmín. Tras esto provocó un incendio y el derrumbe de una precaria vivienda del barrio Independencia.  A las pocas horas murió en el hospital municipal porque su cuerpo había sufrido quemaduras en el incendio que él mismo inició para ocultar su crimen.

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