¿Le podría corresponder a Galli? Qué sanciones se imponen por hacer actos durante la veda
El acto de entrega de viviendas del programa TUVI que encabezó el jueves el Intendente Municipal, Ezequiel Galli podría significar una dura sanción si así lo determina la justicia.
El jueves, después del acto, una concejal de Unión por la Patria de Olavarría anticipó que llevaría el caso a la Justicia dado que -según su criterio – Galli había violado la Ley 19.945.
Esa Ley deja establecido con claridad que, «la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan; expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos». Para Unión por la Patria el acto de entrega de viviendas TUVI incumplió esa premisa.
¿Qué sanción establece la Ley?
Si bien desde hace años no se conocen decisiones judiciales que castiguen este tipo de prácticas en medio del calendario electoral, la la Ley es clara:
«Los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater, serán pasibles de inhabilitación de uno (1) a diez (10) años para el ejercicio de cargos públicos»
Ahora, en el caso de Olavarría, sólo resta saber si la concejal de UxP que anticipó la denuncia finalmente la concreta o si solo queda en una denuncia pública, como la que hizo Hernán Parra que también busca la intendencia municipal.
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