Azul: procesaron al presidente de un frigorífico por el vertido ilegal de efluentes contaminantes al Río Salado

El Juzgado Federal de Azul dictó el primer procesamiento penal ambiental de la jurisdicción por la presunta infracción a la Ley Nacional N° 24.051 de Residuos Peligrosos, en una causa que investiga el vertido ilegal de efluentes contaminantes al sistema del Río Salado.
El fallo, emitido el 27 de octubre de 2025, fue dispuesto por el juez federal de Azul, doctor Gabriel Di Giulio, a pedido de la Sede Fiscal Descentralizada de Azul, a cargo del doctor Santiago Eyherabide y los auxiliares fiscales María José Buglione y Lucas Moyano.
La resolución alcanzó a Alejandro Jorge Videla, presidente de la firma La Canaria S.A., y constituye un hito institucional, al ser el primer procesamiento penal ambiental en la jurisdicción, sentando un precedente significativo para la tutela penal del ambiente en la región.
Detalles de la investigación
La investigación se inició tras una denuncia presentada por la Unidad Fiscal de Investigaciones en Materia Ambiental (UFIMA), a raíz de imágenes que mostraban la descarga directa de efluentes industriales en aguas vinculadas al sistema del vital Río Salado.
Posteriores inspecciones técnicas realizadas por la Autoridad del Agua (ADA), el Ministerio de Ambiente bonaerense y el Departamento de Delitos Ambientales de la Policía Federal constataron una persistente serie de infracciones ambientales.
Las pruebas técnicas y periciales demostraron la presencia reiterada y sistemática de parámetros contaminantes —como DBO, DQO, fósforo total, sólidos sedimentables y coliformes fecales— por encima de los límites permitidos, lo que configuró la existencia de residuos con características peligrosas para el ambiente y la salud pública.
El juez Di Giulio valoró la habitualidad de los vertidos, su aptitud contaminante y el destino final hacia el Río Salado para tener por acreditado el grave delito previsto en el artículo 55 de la Ley N° 24.051.

Medidas judiciales
El imputado, quien presentó un descargo por escrito sin declarar, sostuvo que los hechos eran «meras irregularidades administrativas» y que la empresa había implementado mejoras. Sin embargo, el magistrado consideró que estos argumentos no lograron desvirtuar la evidencia técnica «irrefutable» obtenida en allanamientos y muestreos oficiales.
En consecuencia, el Juzgado resolvió:
Procesar sin prisión preventiva a Videla.
Ordenar un embargo de diez millones de pesos ($10.000.000) para garantizar eventuales responsabilidades pecuniarias y la futura reparación ambiental.
Rechazar la pretensión de sobreseimiento articulada por la defensa.
El procesamiento sin prisión preventiva no incluye medidas de coerción personal, ya que no se verificaron riesgos procesales actuales.
Este avance reafirma la obligación ineludible de las industrias de adecuar su actividad a la normativa vigente y consolida el compromiso institucional con la prevención y sanción de conductas que pongan en riesgo los recursos hídricos y la salud pública, bienes jurídicos de rango constitucional.
(En Línea Noticias)