Jubilado condenado por abuso sexual y grooming
Por un caso de abuso sexual y grooming que tuvo como víctima a una nena, un azuleño cumple actualmente una pena de cuatro años de prisión en la Unidad 7, después de que una jueza lo condenara en un juicio abreviado tramitado en un Tribunal local.
Jubilado y de 68 años de edad, fue hallado autor en ese proceso judicial de los delitos de abuso sexual simple, exhibiciones obscenas y captación por medios tecnológicos de menor de edad con fines sexuales, ilícitos cometidos todos “en concurso real de acciones”, según se menciona en el fallo.
El hombre permanece privado de la libertad desde junio del año pasado, cuando efectivos de la DDI Azul lo detuvieron en su domicilio de ese entonces: un departamento ubicado en un barrio de la ciudad de Azul.
Alejandra Raverta, desde el Tribunal Oral en lo Criminal número 2, fue la jueza que intervino en este proceso abreviado que derivó en la condena para el jubilado.
Una menor, la víctima
Los hechos que fueron materia de este juicio, según lo referido en la resolución de este juicio abreviado, se registraron durante el mes de enero del año pasado.
Una de esas situaciones implicó que, en el interior del departamento donde vivía, el hombre abusara sexualmente de la víctima, que en ese momento tenía once años de edad.
Esa situación se produjo cuando el ahora condenado “se encontraba momentáneamente encargado de la guarda” de la menor, ocasión en la cual le tocó los pechos por encima de la ropa que la nena tenía puesta.
El 31 de enero de ese mismo mes y año se produjo otro de los hechos analizados en este juicio abreviado que finalizó con la condena para el acusado.
Aquel día, el jubilado publicó en su estado de WhatsApp “un video de contenido pornográfico que fue visto involuntariamente por la menor”. Luego a que eso sucediera, le envió a la nena mensajes “con connotación sexual”.
Esos mensajes fueron descubiertos por la madre de la menor, quien al advertir la situación continuó dialogando con el hombre mientras se hacía pasar por su hija.
Esa mujer, posteriormente, terminó convirtiéndose en la denunciante de estos hechos que semanas atrás derivaron en la condena para el jubilado que había sido procesado por este caso de abuso sexual y grooming.
Según su testimonio, después de que observara ese video que el hombre publicó en su estado de WhatsApp le preguntó por teléfono a la nena si le había gustado.
Ante esa situación, la madre de la menor tomó el teléfono y siguió hablando con el jubilado, sin que éste advirtiera que se trataba de ella.
Aquel intercambio de mensajes por teléfono implicó que el hombre terminara citando a la nena para que al día siguiente concurriera a una plaza para encontrarse con ella, algo que finalmente nunca sucedió porque después la mujer lo denunció.
La versión de la madre de la nena sirvió también para conocer que esos tocamientos que el hombre condenado en este juicio le efectuó a su hija habían ocurrido días antes a que publicara en su estado de WhatsApp ese video de tinte sexual e intentara encontrase con ella en una plaza, situación esta última a través de la cual no advirtió que los mensajes que por teléfono intercambiaba no eran con la menor víctima sino con su mamá.
A la nena, tal como en estos casos sucede, en el marco de la investigación penal que se inició le había sido tomada en Tribunales una declaración a través de la Cámara Gesell.
“Estoy acá porque un hombre, no sé como decirlo, me intentó abusar… Me llegaban mensajes a las tres de la mañana que eran de él, y yo nunca se los contestaba, les clavaba el visto y nunca le contestaba… Me mandaba emoticones o me mandaba sólo videos… Me tocaba los pechos cuando estábamos mirando la película de terror, por encima de la ropa… En la cocina, en la casa de él…”, había declarado la nena en sede judicial.
La falta de antecedentes penales computables fue valorada por la jueza que condenó al jubilado como una circunstancia atenuante a la sanción que le impuso.
El acuerdo que las partes hicieron antes de solicitar, desde el Ministerio Público Fiscal, en el Tribunal 2 la realización de este juicio abreviado incluía que al jubilado le fuera dictada como máximo una pena de prisión de cuatro años y dos meses en caso de que resultara condenado.
Finalmente, la jueza que intervino en este proceso se inclinó por imponerle una sanción inferior a la acordada -esos ya referidos cuatro años de prisión-, de la mano de lo que la norma legal establece para la realización de este tipo de procesos judiciales.
El magistrado que interviene en un juicio abreviado puede absolver o condenar a un encausado. Si esto último sucede, tal como ocurrió con este caso de abuso sexual, el juez no pude dictarle una pena superior a la acordada por las partes; aunque sí puede imponerle la misma sanción o una inferior, tal como ocurrió específicamente en este caso.
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